La Cámara Federal de San Martín ordenó la excarcelación de la concejal kirchnerista Eva Mieri, que está presa desde hace trece días por orden de la jueza federal Sandra Arroyo Salgado acusada de haber tirado materia fecal frente a la casa del diputado nacional José Luis Espert.
Arroyo Salgado se había negado a liberarla, pero los camaristas Alberto Lugones y Néstor Barral consideraron que no existían riesgos procesales que justificaran que siguiera detenida.
Además, ambos decidieron reducir la caución que Arroyo Salgado le había impuesto a la funcionaria bonaerense Alesia Abaigar, también presa en el marco de esa causa.
A ella, la Cámara la había excarcelado en contra de lo que había resuelto la jueza federal, que cuando decidió las condiciones para esa liberación resuelta por el tribunal le impuso una caución que la acusada consideró excesivamente alta.
Hoy, los camaristas redujeron el monto de esa garantía de 30 millones de pesos a dos millones. Y cuando ordenaron la excarcelación de Mieri dijeron que su liberación debe ser dispuesta por Arroyo Salgado "bajo la caución que ‘razonablemente’ la señora jueza de grado estime corresponder”.

Los motivos de la excarcelación
Lugones y Barral consignaron en su fallo que Eva Mieri está acusada principalmente de “atentado contra el orden público, en concurso real con amenazas coactivas agravadas e incitación a la persecución u odio contra una persona a causa de sus ideas políticas".
A continuación, expresaron que “tal como señala la propia magistrada” en la causa, “la escala penal prevista para ese concurso de delitos tornaría procedente la soltura de Mieri” y que no se demostró "una causal obstrativa, razonable y concreta" para pensar que, si ella queda en libertad, vaya a fugarse o a entorpecer la investigación.
“A contrario de lo argumentado por la a quo [Arroyo Salgado], no se explican cuáles serían, por caso, aquellas diligencias probatorias que podrían verse frustradas o entorpecidas en caso de que la causante recupere su libertad ambulatoria, debiendo ponderarse también en este sentido que las pruebas incorporadas hasta el momento en el sumario permitieron dirigir la imputación a su respecto", explicaron los camaristas en el fallo.
Además, destacaron que “no puede pasarse por alto que las afirmaciones efectuadas por la a quo a la hora de evaluar la existencia de riesgo de entorpecimiento de la investigación -en relación a que el aparato celular de Mieri había sido objeto de una ‘constatada maniobra de vaciado completo’, carece -en la actualidad y frente a la ausencia de un peritaje de la especialidad- de respaldo probatorio técnico suficiente”.
En cuanto a un supuesto riesgo de fuga, ambos subrayaron que Mieri se identificó correctamente cuando fue allanada su casa y no intentó huir. También señalaron que tiene un “trabajo verificado”, una “residencia fija” y que no tiene antecedentes penales.