La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición inmediata de la venta, distribución y uso en todo el territorio nacional del producto identificado como “Ozempic® Semaglutida Tablets USP, Fabricado por Pharma Argentina SA”.
Esta medida fue oficializada a través del Boletín Oficial y firmada por la administradora nacional Nélida Agustina Bisio, tras la denuncia presentada en julio por Novo Nordisk Pharma Argentina S.A., el laboratorio danés responsable del medicamento original Ozempic®.
Los detalles
La denuncia se originó luego de que la empresa alertara a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEGMPS) sobre la aparición en redes sociales de un supuesto Ozempic en comprimidos orales etiquetados como “Ozempic® Semaglutida Tablets USP, 25 mg, 60 tablets”, un formato que no corresponde al producto legítimo.
El director técnico de Novo Nordisk explicó que “no existe en el mundo un Ozempic® en comprimidos o cápsulas”. El medicamento original se comercializa exclusivamente bajo receta médica en viales inyectables, con un sistema de trazabilidad para identificar cada unidad.
Además, se constató que las compañías Pharma Argentina S.A. y MD Pharma, señaladas como fabricantes del producto falso, no cuentan con registro ni autorización sanitaria para fabricar o distribuir este medicamento.
Ante esta situación, la ANMAT emitió una alerta pública con imágenes comparativas entre el producto original y el falsificado, solicitando a profesionales de la salud, distribuidores e instituciones que revisen sus stocks y, ante la detección de ejemplares sospechosos, informen inmediatamente a la autoridad sanitaria.
La denuncia fue remitida a la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) y al Juzgado Criminal y Correccional n° 18, con intervención de la Fiscalía Criminal y Correccional n° 48, para avanzar en las investigaciones correspondientes.
La empresa fabricante original reiteró que el Ozempic se comercializa únicamente en forma inyectable, desmintiendo la existencia de versiones orales.
La prohibición dictada por la ANMAT se fundamenta en el artículo 19 de la Ley N° 16.463, que prohíbe la elaboración, tenencia, circulación y entrega al público de productos impuros o ilegítimos, con el fin de proteger a los usuarios contra medicamentos falsificados.