Condenaron a De Vido a 4 años de prisión por sobreprecios en la compra de GNL

Es la tercera pena a prisión que acumula el ex ministro en las gestiones de Néstor y Cristina Kirchner.
Por: #BorderPeriodismo

El ex ministro de Planificación Federal Julio de Vido fue condenado hoy a cuatro años de prisión por el pago indebido de comisiones para importar en barcos Gas Natural Licuado (GNL) entre 2008 y 2015. En la misma causa recibió una pena de tres años y seis meses el ex funcionario Roberto Baratta. Ambos fueron también inhabilitados de por vida para ocupar cargos públicos.

Las penas de De Vido y Baratta son de cumplimiento efectivo en prisión, pero no quedarán detenidos hasta que la condena quede firme. En tanto, el empresario Nicolás Dromi San Martino recibió una pena de tres años de cárcel en suspenso, por lo que no deberá cumplir prisión.

El Tribunal Oral Federal 7 les impuso a los tres condenados devolverle al Estado 5,5 millones de dólares en concepto de reparación por la maniobra fraudulenta que le habría generado una pérdida de casi 7.000 millones de dólares.

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El veredicto se leyó durante una videoconferencia en la que estuvieron De Vido y los demás acusados. Al momento de tomar la palabra, el ministro de las gestiones de Néstor y Cristina Kirchner solo le agradeció por el trato recibido a los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Castelli y Fernando Canero.

A su turno, Baratta, ex mano derecha de De Vido, sostuvo que la inocencia de todos los acusados en la causa "ha quedado más que probada".

El próximo 28 de noviembre se conocerán los fundamentos del veredicto y luego se abrirá el plazo para que las defensas puedan apelar, en reclamo de que la decisión sea revisada por la Cámara Federal de Casación Penal.

Se trató del quinto juicio que afrontó De Vido y la tercera condena que suma. La primera había sido por la tragedia ferroviaria de Once (rebajada a cuatro años de prisión); y la otra, por la compra irregular de trenes a España y Portugal que ya no estaban aptos para circular (ocho años de prisión, que Casación mandó luego a revisar).

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