Tras 30 años de control, desregularon los aranceles de los colegios privados: podrán fijar las cuotas sin autorización

Con la publicación del Decreto 787/2025, las escuelas privadas podrán establecer sus matrículas y cuotas sin el consentimiento estatal.
Por: #BorderPeriodismo

El Gobierno nacional promulgó el Decreto 787/2025, mediante el cual derogó la normativa que regulaba desde 1993 los aranceles de matrícula y cuotas en las escuelas privadas del país. Esta modificación implica que las instituciones educativas podrán establecer sus precios sin necesidad de la autorización previa del Estado.

El decreto elimina la obligación de comunicar anticipadamente los montos y de obtener una aprobación estatal para modificar los valores, una práctica que estuvo vigente por más de tres décadas bajo el Decreto 2417/1993. Esta regulación se originó en un contexto en que la educación dependía directamente del Gobierno nacional, pero con la transferencia de competencias a las provincias, el Ejecutivo consideró necesario actualizar el marco normativo.

Según los fundamentos oficiales, la norma derogada presentaba “limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos de enseñanza pública de gestión privada a las realidades educativas y económicas del país”. Además, se señaló que el control estatal había generado “efectos contraproducentes que afectan su funcionamiento y viabilidad económica”.

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El decreto destaca que la obligación de informar y obtener autorización previa para modificar las cuotas “limita su capacidad de adaptación a las fluctuaciones del mercado”, impidiendo que las instituciones ajusten sus precios según sus costos operativos y la realidad económica. Esto, a su vez, afecta a las familias, que deben afrontar aranceles más elevados desde el inicio del ciclo lectivo y ven restringida su capacidad de elegir colegios acordes a sus posibilidades.

Asimismo, el texto oficial advierte que esta regulación genera “una situación de incertidumbre económica para los institutos”, ya que suelen fijar cuotas más altas por precaución ante posibles incrementos de costos que no podrían cubrir sin la aprobación estatal. En este sentido, el decreto también resalta el derecho de propiedad de los colegios privados, señalando que deberían tener “la libertad de fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados, sin necesidad de autorización estatal”.

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El Gobierno sostiene que la rigidez en la fijación de tarifas puede derivar en una precarización de la calidad educativa, ya que las escuelas no pueden responder eficazmente a las variaciones en costos de insumos, salarios y otros gastos sin autorización previa. Por ello, instruyó al Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación, para revisar el Decreto 2542/1991, normativa base del financiamiento de la educación privada, y proponer modificaciones.

Con esta medida, el Ejecutivo busca avanzar hacia un sistema que respete el principio de libre contratación, permitiendo a las instituciones educativas definir sus políticas de precios y compensaciones en un marco de competencia leal y acorde a las demandas del mercado. Esta flexibilización se presenta como un cambio significativo en la relación entre el Estado y los colegios privados, con impacto directo en la gestión y la economía educativa.

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