Casación rechazó los recursos de Cristina Kirchner: siguen las restricciones a visitas y el uso de tobillera

La Cámara Federal de Casación no aceptó los planteos de la defensa de la expresidenta, condenada en la causa Vialidad
Por: #BorderPeriodismo

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las reglas impuestas por el Tribunal Oral Federal 2, al desestimar los recursos presentados por los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy. De esta manera, Cristina Kirchner deberá continuar con el uso de la tobillera electrónica y bajo un estricto protocolo de visitas en su residencia.

Los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, en sintonía con el dictamen del fiscal Mario Villar, sostuvieron que las medidas de control no representan un agravamiento ilegítimo de la condena. Según el fallo, el cumplimiento efectivo de la pena es un mensaje público que no puede diluirse con flexibilizaciones sin fundamento técnico.

La detención domiciliaria como excepción

El tribunal fue tajante al definir la naturaleza del beneficio que goza la exmandataria. Los camaristas remarcaron que la prisión domiciliaria no es un derecho adquirido ni una consecuencia automática, sino una excepción al principio general de cumplimiento de pena en establecimientos penitenciarios.

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Bajo esta premisa, el fallo destacó los siguientes puntos clave:

  • El rol de la tobillera: Los jueces determinaron que el monitoreo electrónico es indispensable. Rechazaron el argumento de la defensa sobre la custodia policial permanente, al considerar que la vigilancia de los efectivos no reemplaza el control técnico que exige la normativa vigente.
  • Control de visitas: La Justicia puso la lupa sobre las reuniones políticas. El tribunal mencionó específicamente un encuentro de la exmandataria con nueve economistas y sentenció que este tipo de actividades desnaturaliza el régimen restrictivo de una condena.
  • Impacto mediático: Casación desestimó que las restricciones obedezcan a presiones de la prensa. El fallo aclara que el debate público sobre una causa no constituye una injerencia indebida sobre los magistrados.

Tras esta resolución, se mantienen sin cambios las limitaciones para el ingreso a su domicilio:

  1. Autorización previa: Cualquier visita ajena al círculo familiar íntimo o equipo profesional requiere un permiso judicial individual y fundado.
  2. Cupo limitado: El máximo permitido es de tres visitantes por encuentro.
  3. Frecuencia y duración: Las citas solo pueden ocurrir dos veces por semana, con una extensión máxima de dos horas cada una.
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El juez Mariano Borinsky se manifestó a favor de una flexibilización moderada. En su voto minoritario, planteó la eliminación de la tobillera electrónica y una mayor libertad para el uso de espacios abiertos como la terraza, bajo el criterio de que las restricciones deben guardar estricta proporcionalidad con el cumplimiento verificado de la pena.

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