El juez Herman Mendel ordenó suspender el traspaso de la Justicia laboral a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tras darle la razón a un planteo presentado por la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN).
El fallo fue dictado por el titular del Juzgado Nacional de 1ra Instancia del Trabajo Nro. 3 y terminó siendo a favor de una demanda que pusieron los empleados judiciales contra el Estado Nacional que cuestionaron que se haya aprobado durante las sesiones extraordinarias y que no se encontraba incluido dentro de las materias en la convocatoria oficial.
Los fundamentos del fallo
Por el momento el magistrado no declaró inconstitucional la ley, pero en cambio frenó su puesta en marcha hasta que no haya una sentencia definitiva y en los fundamentos del fallo resolvió “la suspensión de la totalidad de los efectos del Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral del Ámbito Nacional a la Justicia del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, celebrado entre el Estado Nacional y el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, integrante como Anexo I de la ley 27.802, hasta el dictado de la sentencia definitiva sobre el mérito”.
Por otra parte, el magistrado entendió que el acuerdo “no ha sido compatible con el expreso procedimiento establecido en el artículo 12 de la ley 24.588” y asegura que "ni siquiera se ha contemplado la imperativa intervención de la Comisión Bicameral”, un paso obligatorio en este tipo de traspasos entre Nación y Ciudad.
Si bien el Gobierno puede apelar, por el momento quedan sin efecto los artículos 90 y 91 de la reforma laboral que disponía el traspaso de la justicia laboral en simultáneo con la firma del acuerdo de transferencia.
De ahora en más resta esperar que el juez Mendel envíe el expediente al fuero contencioso administrativo federal, donde la Confederación General del Trabajo (CGT) elevó el mismo reclamo, pero fue rechazado.



