La Corte de Apelaciones de Nueva York dio de baja el fallo que condenaba al Estado nacional a pagar una cifra superior a los USD 16.000 millones por la expropiación de YPF en 2012. La decisión, confirmada por fuentes oficiales en Buenos Aires y Washington a Infobae, representa la mayor victoria legal en la historia financiera del país.
El fallo de la Cámara, integrado por los jueces Denny Chin, José Cabranes y Beth Robinson, fue dividido (2 a 1). La mayoría sostuvo que los reclamos de los accionistas derivadas del estatuto de la petrolera no tienen sustento bajo la legislación argentina, devolviendo el caso al tribunal de distrito para procedimientos ulteriores, pero con una dirección clara: la desestimación de los cargos contra la República e YPF.
El desplome de Burford
El principal afectado por esta resolución es el bufett inglés Burford Capital. El fondo, a menudo calificado como "buitre" por su modelo de negocio basado en la compra de derechos de litigio, vio cómo su valor de mercado se evaporaba en minutos. La acción de Burford en Wall Street se derrumbó un 43%. De valer USD 3.500 millones tras el fallo inicial de Preska, su capitalización cayó hoy por debajo de los USD 810 millones. En contraste, los papeles de la petrolera estatal subieron un 3% al confirmarse que la empresa queda definitivamente fuera de cualquier reclamo económico.
Desde la Casa Rosada, el presidente Javier Milei celebró la noticia a través de sus redes sociales, calificándola como un hito "impensado" que salva al país de una deuda equivalente al préstamo del FMI de 2024. "Argentina no debe pagar nada. Es histórico", posteó el mandatario.
Por su parte, el ministro de Economía, Luis Caputo, destacó la firmeza del equipo legal de la Procuración del Tesoro (PTN), liderada por Sebastián Amerio y Juan Stampalija. "Innumerable cantidad de lobistas vinieron a buscar un settlement (acuerdo) y jamás les dimos cabida", sentenció Caputo, subrayando la estrategia de no negociar con los demandantes.
Los tres pilares del fallo de Cámara
La resolución de la Cámara de Apelaciones se centró en tres ejes que terminaron volcando la balanza a favor de la defensa argentina:
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Derecho Aplicable: Se determinó que la jueza Loretta Preska erró al juzgar el caso bajo parámetros que el derecho argentino no admite para este tipo de contratos.
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Inadmisibilidad: Las demandas de daños y perjuicios de los accionistas fueron declaradas sin fundamento.
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Confirmación de YPF: Se ratificó que la petrolera no tiene responsabilidad alguna en el proceso de expropiación llevado a cabo por el Estado.



