Caso Marcelo Porcel: las víctimas ya tienen botón antipánico pero el empresario lleva seis días sin la tobillera electrónica

Mientras la Policía de la Ciudad completó la entrega de los dispositivos de emergencia a los 10 alumnos del Colegio Palermo Chico, la colocación del rastreador sobre el empresario procesado por abuso sexual se encuentra demorada.
Por: #BorderPeriodismo

Una alarmante disparidad en los tiempos institucionales mantiene en vilo a las familias del Colegio Palermo Chico. En las últimas horas, la Policía de la Ciudad completó la entrega de botones antipánico en los domicilios de los 10 alumnos que denunciaron por abuso sexual al empresario Marcelo Porcel. Sin embargo, a casi una semana de que la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional confirmara de manera firme su procesamiento y ordenara la "inmediata colocación" de un dispositivo permanente de rastreo y geolocalización, el imputado continúa en libertad y sin ningún tipo de monitoreo electrónico sobre su cuerpo.

El abogado de las víctimas, Pablo Hawlena Gianotti, ya formalizó tres escritos de reclamo ante el magistrado de la causa exigiendo que se concrete la medida. De acuerdo con el letrado, el plazo máximo para la colocación del aparato debió haber sido el pasado viernes 29 de mayo, considerando que la resolución judicial fue notificada el jueves por la noche. Desde la fuerza porteña argumentan que el proceso se encuentra trabado debido a que la Justicia todavía no les remitió los datos específicos indispensables para dar de alta el sistema, tales como el domicilio exacto del empresario y el rango perimetral de distancia prohibido.

  Una joven se suicidó tras haber denunciado abusos por parte de su tio

Grave cuadro acusatorio y los fundamentos de la libertad

Marcelo Porcel se encuentra procesado por delitos de extrema gravedad que restringen su acercamiento tanto a los menores como a sus núcleos familiares. El cuadro penal que pesa en su contra incluye: abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el aprovechamiento de una situación de guarda. Corrupción de menores y producción de representaciones sexuales de un menor de edad sin su consentimiento.

Según las constancias del expediente judicial, las víctimas tenían entre 11 y 15 años al momento de los hechos. La investigación determinó que el empresario se valía de los fuertes lazos de confianza que había construido con los padres de los adolescentes para trasladar a los chicos hacia distintas oficinas y propiedades de su propiedad. Una vez allí, se les suministraba bebidas alcohólicas y se los inducía a participar de situaciones de explícito contenido sexual bajo diversos pretextos. Al confirmar el procesamiento, el tribunal ponderó el resultado de las declaraciones obtenidas en Cámara Gesell, concluyendo que los relatos de los alumnos evidenciaron una sólida coherencia interna, estructura lógica y secuelas de malestar psicológico plenamente compatibles con las agresiones denunciadas.

  Detuvieron a un taxista que simulaba ser productor y organizaba falsos castings para abusar de jóvenes

A pesar de la contundencia del procesamiento, la Cámara resolvió mantener al imputado en libertad ambulatoria bajo el argumento de que el hombre posee arraigo demostrado, una residencia fija, empleo conocido y carece de antecedentes por violar las restricciones que ya le habían sido fijadas con anterioridad. En contrapartida, el tribunal consideró indispensable reforzar las salvaguardas para los denunciantes mediante la tobillera electrónica que hoy sigue sin colocarse.

De manera paralela, la Justicia dictó una segunda resolución de relevancia al ratificar la extracción compulsiva de material genético a Porcel, con el fin de incorporar su perfil al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados con investigaciones criminales.

La defensa del empresario había planteado una fuerte oposición a este procedimiento, alegando que el ingreso a dicha base de datos representa una medida exclusiva para personas con condena firme y advirtiendo que su ejecución vulneraba garantías constitucionales básicas como el principio de presunción de inocencia y el derecho a la intimidad. No obstante, el tribunal de alzada rechazó los cuestionamientos de los representantes de Porcel, dictaminando que el marco normativo vigente faculta la recolección de perfiles de ADN tanto de imputados como de procesados. Los magistrados equipararon la naturaleza de la medida a un trámite puramente instrumental y registral, similar a la toma habitual de huellas dactilares.

  Rochi Igarzábal se abrió y contó detalles del abuso que sufrió de niña
Notas relacionadas
Con tu suscripción al Newsletter de Border Periodismo recibirás emails de cada publicación semanal.
* Recibirás emails de cada publicación semanal