Luego de que el juez Alejandro Maraniello dictara un fallo prohibiendo la difusión de los audios de Karina Milei a través de cualquier plataforma web, red social o medios de comunicación, varios juristas salieron a criticar con dureza la decisión del magistrado.
En primer lugar, todos coincidieron en que el fallo roza la censura previa y que la misma está prohibida por la Constitución Nacional. Asimismo, calificaron el fallo como "gravísimo".
La opinión de los constitucionalistas sobre el fallo que prohíbe la difusión de los audios
Tras conocerse la decisión de Maraniello, varios constitucionalistas salieron a dar su opinión sobre la resolución tomada por el magistrado.
Por ejemplo, el constitucionalista Miguel Rodríguez Vilafañe calificó la decisión como "gravísima" y no dudó en opinar que representa una “clara violación a la libertad de prensa y de expresión".
Además, sostuvo que "esto es la frutilla del postre de un presidente que ha dicho entre otras cosas que no se odia los suficientemente a los periodistas".
Por su parte, Cristian Cao, también se manifestó de forma similar y sostuvo que “no tengo memoria en los últimos años de democracia en la Argentina de una medida judicial que censura previamente al periodismo, en primer lugar, y al resto de los ciudadanos”.
En la misma línea opinó Daniel Sabsay, quien señaló que (el fallo) “está claramente violando el derecho que tienen los periodistas de expresar libremente sus opiniones y de hacer preguntas, y eso no solo está violando su derecho, sino el de todos los habitantes para estar debidamente informados".
Además, Sabsay recordó que la resolución vulnera claramente los principios consagrados en el Pacto de San José de Costa Rica, que garantiza la libertad de expresión y prohíbe la censura previa.
En tanto, Félix Lonigro recordó el caso de Tato Bores y dejó en claro que “los funcionarios tienen derecho a la intimidad, pero cuando se trata de cuestiones privadas, no públicas. En este caso se trata de un presunto hecho de corrupción”.