Denuncia por enriquecimiento ilícito: investigan a Manuel Adorni por una propiedad no declarada en un country

La diputada Marcela Pagano amplió la presentación judicial contra el Jefe de Gabinete ante el Juzgado Federal N° 1.
Por: #BorderPeriodismo

La diputada Marcela Pagano formalizó una ampliación de denuncia penal en el marco del expediente CFP 1003/2026, donde se investiga a Manuel Adorni por el presunto delito de enriquecimiento ilícito. El nuevo foco de la investigación apunta a una propiedad de lujo en el Country Indio Cuá Golf Club, ubicado en el partido de Exaltación de la Cruz, provincia de Buenos Aires.

Según el documento presentado ante la justicia federal, Adorni y su pareja, Bettina Angeletti, habrían construido una vivienda de dos niveles en el lote 380 del mencionado complejo. La propiedad, descrita como una construcción de color gris verdoso situada cerca del hoyo 17 de la cancha de golf, es el eje del conflicto: no aparece consignada en ninguna de las Declaraciones Juradas Patrimoniales presentadas por el funcionario ante la Oficina Anticorrupción.

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La denuncia de Pagano subraya una "manifiesta insuficiencia" en los ingresos declarados por el Jefe de Gabinete para sustentar su actual nivel de vida. Entre los puntos más críticos de la presentación se destacan:

  • Omisión de bienes: En su última declaración (ejercicio 2024), Adorni solo registró un departamento en CABA y otro en La Plata. El valor de mercado de las casas en Indio Cuá oscila entre los USD 129.000 y USD 249.000.

  • Viajes de alto costo: La investigación menciona un vuelo privado a Punta del Este (estimado en USD 10.000) y pasajes premium a Nueva York por más de USD 5.000.

  • Gastos operativos: La diputada cuestiona cómo el funcionario financia simultáneamente un alquiler de alta gama, la construcción de la nueva casa y gastos con tarjeta de crédito, mientras sus ahorros declarados de USD 48.720 permanecen estáticos.

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La presentación judicial tipifica las presuntas conductas de Adorni bajo cuatro figuras del Código Penal y la Ley de Ética Pública:

  1. Enriquecimiento ilícito (Art. 268).

  2. Falsedad ideológica de documento público (Art. 293).

  3. Incumplimiento de los deberes de funcionario público (Art. 248).

  4. Violación de la Ley 25.188 (Ética en la Función Pública).

Ante la gravedad de las acusaciones, Pagano solicitó al Juzgado una batería de medidas de prueba que incluyen el levantamiento del secreto bancario, pedidos de informes a la ARCA (ex AFIP) y la UIF, y una inspección ocular en el country con peritos oficiales. Asimismo, se pidió la inhibición general de bienes y el embargo preventivo sobre el patrimonio del funcionario y su cónyuge.

Un agravante mencionado en el expediente es la demora en la transparencia de los datos actuales. La denuncia original señalaba que Adorni aún no habría presentado la Declaración Jurada correspondiente al ejercicio 2025, a pesar de las exigencias del Decreto 784/2025 que regula su cargo actual.

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