Despidos, indemnizaciones y vacaciones: Qué dice el proyecto de reforma laboral que firmó Milei

El Gobierno dio a conocer el texto completo de la propuesta. Cuáles son los principales cambios que plantea.
Por: #BorderPeriodismo

Luego de que el presidente Javier Milei firmara al regresar de Oslo el proyecto de reforma laboral, el Gobierno difundió el texto completo del mismo, pero algunas cuestiones destacan por sobre otras. La iniciativa será enviada al Congreso de la Nación en las próximas horas, donde se espera que sea aprobada y que genere una nueva relación entre empleador y empleadores.

La iniciativa que el Gobierno quiere poner en discusión fue tratado y analizado por funcionarios, legisladores, representantes gremiales y gobernadores y causó, sobre todo en los sindicatos, rechazos a algunos de los puntos que se pretenden modificar.

Las claves del proyecto de reforma laboral sobre despidos, indemnizaciones y vacaciones

Si bien el proyecto tiene 197 artículos, algunos destacan sobre otros y, entre los principales se encuentran lo relacionado a las modificaciones en los regímenes de vacaciones, despidos e indemnizaciones.

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En cuanto al descanso laboral o vacaciones, la iniciativa contempla y garantiza el derecho a vacaciones anuales pagas, aunque se podrá acordar una ampliación del período siempre y cuando exista un acuerdo previo entre empleados y empleadores.

En ese punto, el empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente, pero deberá efectuar una notificación con al menos 30 días de antelación y por escrito. Asimismo, el período de descanso no podrá ser inferior a siete días y, una vez cada tres años deberá permitirse que el empleado se tome vacaciones durante el verano.

Otro de los ítems que levantó polvareda es el referido a las indemnizaciones, donde se podrá suplantar el modelo actual por fondos o seguros que serán financiados a través de aportes patronales de forma mensual. De esa forma, si el trabajador es despedido, cobrará directamente de ese fondo y no directamente de la empresa

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A su vez, pare determinar el cálculo de la base indemnizatoria se tomarán en cuenta varios factores como el salario básico, las sumas como el presentismo y la antigüedad, aunque quedarán excluidos los pagos extraordinarios como bonos y premios que haya recibido, además de aquellas sumas que no se cobren de forma irregular.

Si se produjera el fallecimiento del trabador, se determinará a quién corresponde efectuar el pago y como será el reparto de la indemnización entre los familiares que podrá ser abonada en cuotas.

Si la causa del despido fuese sin causa, se abonará un mes de sueldo por cada año trabajado (o fracción mayor a tres meses), pero se tendrá en cuenta como base el mejor sueldo del último año.

Además, el proyecto contempla que, si se produjeran conflictos en áreas esenciales específicas, deberá garantizarse un mínimo nivel de funcionamiento para el que se establecieron porcentajes.

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En sectores denominados críticos deberán operar al 75%, mientras que los estratégicos como salud, energía, transporte, educación, logística, bancos, comercio digital, el funcionamiento deberá estar al 50%.

Por último, si la Justicia determina que un despido es inválido, el trabajador podrá optar entre reincorporarse a su puesto o recibir la indemnización que le corresponda. Si elige volver, la empresa deberá regularizar su situación laboral y tendrá que pagarle los salarios de todo el tiempo que no haya trabajado.

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