El Gobierno avanza en un proyecto de “libertad educativa”: qué papel jugarán las familias y las escuelas

La iniciativa propone derogar la ley vigente desde 2006, habilitar el home schooling, reforzar el rol de la familia y otorgar mayor autonomía a las escuelas.
Por: #BorderPeriodismo

El Gobierno nacional presentó ante el Consejo de Mayo un borrador para una nueva Ley de Libertad Educativa, que busca derogar y reemplazar la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, vigente desde 2006. Este proyecto se enfoca en la educación básica, que comprende los niveles inicial, primario y secundario, mientras que mantiene la vigencia de la Ley de Educación Superior para las universidades.

Entre las novedades, el proyecto habilita la educación en el hogar o "home schooling" como una modalidad alternativa junto con la educación híbrida y a distancia, sin establecer una edad mínima para su aplicación. Los estudiantes que opten por esta modalidad deberán acreditar sus aprendizajes mediante exámenes periódicos, según consignó La Nación.

Además, se autoriza a las provincias a ofrecer enseñanza religiosa confesional en escuelas públicas de forma optativa y fuera del horario escolar. También se prevé la posibilidad de que cada escuela elabore planes de estudio propios, además de los planes comunes diseñados por los ministerios, reforzando así la autonomía institucional.

El proyecto declara la "esencialidad" de la educación básica, lo que implica que ante cualquier medida de fuerza debe garantizarse una continuidad mínima en el servicio educativo. Esta propuesta avanza sobre un capítulo educativo que el Gobierno había planteado en diciembre de 2023 en la primera Ley Bases, elaborado por Federico Sturzenegger, y que ahora se amplía con un enfoque más profundo en la "libertad educativa" y el papel central de la familia.

El secretario de Educación, Carlos Torrendell, destacó que, aunque las normativas oficiales mencionan la "equidad" y la "calidad", rara vez se menciona la "libertad educativa". En el borrador, esta palabra aparece 27 veces, superando incluso al término "Estado", que se menciona 22 veces y se define con un rol "subsidiario" frente a las familias y la sociedad civil.

Los detalles

El primer capítulo define el sistema educativo nacional como un conjunto organizado de iniciativas promovidas por la sociedad y el Estado, basándose en principios como la "libertad educativa", el "rol preferente de la familia" y la "subsidiariedad del Estado". Aunque ya no se considera a la educación como un "bien público", el proyecto mantiene la gratuidad obligatoria desde sala de cuatro años hasta el último año de secundaria.

En cuanto a los contenidos, se establecen "contenidos mínimos comunes" para asegurar la cohesión del sistema, pero se garantiza la "libertad de contenidos" mediante los planes propios de cada escuela, respetando no superar el 75% del tiempo en estos contenidos mínimos y dejando un 25% para la autonomía curricular.

El calendario escolar mínimo se fija en 540 horas anuales para educación inicial (equivalente a 180 días con jornadas de 3 horas) y 720 horas para primaria y secundaria (180 días con jornadas de 4 horas), cifras inferiores a las acordadas en 2024 por el Consejo Federal de Educación. Cada escuela podrá ajustar su calendario según su proyecto pedagógico.

El artículo 33 permite la enseñanza religiosa confesional en escuelas estatales de forma optativa y fuera del horario escolar, y también establece la obligatoriedad de enseñar sobre la causa de la recuperación de las Islas Malvinas. Por otro lado, el artículo 37 garantiza la autonomía institucional y pedagógica de las escuelas, incluyendo la facultad de definir su gobierno interno, planes de estudio, reglamentos, régimen de personal y políticas de admisión y disciplina.

El proyecto modifica la referencia a la educación especial, ahora mencionando a "alumnos con necesidades específicas", que incluye a estudiantes con discapacidad, rurales, interculturales bilingües, hospitalarios, domiciliarios, en contexto de encierro y con altas capacidades. Asimismo, mantiene la vigencia de la Ley de Educación Técnico Profesional.

Las evaluaciones nacionales, conocidas como Aprender, continuarán y se ampliará su periodicidad a pruebas anuales, incluyendo evaluaciones censales en el último año de primaria y secundaria, con derecho de estudiantes y padres a conocer resultados individuales. El Estado podrá publicar datos desagregados por escuela sin identificar a alumnos o docentes.

Financiamiento

Se elimina la meta del 6% del PBI, señalando que la responsabilidad es compartida entre Nación y provincias, pero con un rol subsidiario del Estado. Se establece igualdad en el acceso a fondos públicos para escuelas estatales y privadas, y se prevén asignaciones directas a familias y estudiantes mediante becas, vales educativos o créditos fiscales, además de partidas para equidad e innovación.

Para garantizar transparencia, se crea un sistema federal de monitoreo de la inversión educativa bajo el Consejo Federal de Educación, con evaluaciones periódicas independientes del gasto para asegurar mejoras en los resultados de aprendizaje.

Sobre el gobierno de las escuelas, el proyecto establece que la conducción recae en el director, quien debe garantizar la participación familiar mediante un "consejo escolar de padres" y tiene atribuciones para seleccionar y proponer la contratación o suspensión de personal, sujeto a ratificación provincial.

Finalmente, en relación con los docentes, se mantiene la formación inicial de cuatro años y se crea el Instituto Nacional de Formación y Carrera Docente. La estabilidad laboral estará condicionada al desempeño, formación continua y ética profesional, con evaluaciones periódicas cada cuatro años para medir competencias pedagógicas y resultados.

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