El Gobierno modifica el programa "Puente al Empleo" para crear trabajo

Una herramienta que otorga incentivos a las empresas que incorporen a beneficiarios de planes sociales al mercado laboral registrado.
Por: #BorderPeriodismo

Con el objetivo de reforzar la transición del asistencialismo al trabajo formal, el Gobierno nacional actualizó y amplió el alcance del Programa Puente al Empleo, una herramienta que otorga incentivos a las empresas que incorporen a beneficiarios de planes sociales al mercado laboral registrado. La medida fue oficializada este lunes a través de la Resolución Conjunta 1/2025, firmada por los ministerios de Capital Humano y Economía.

Entre los principales cambios se destaca la prórroga del programa hasta el 31 de diciembre de 2026, lo que extiende el período de contrataciones alcanzadas por los beneficios. Además, se redefinió el universo de planes sociales compatibles con el esquema, incorporando programas vigentes y eliminando aquellos que ya fueron dados de baja.

Nuevos programas, mismo objetivo

El rediseño del Puente al Empleo incluye ahora al Programa Volver al Trabajo, que reemplazó a Potenciar Trabajo, al Programa de Acompañamiento Social, al Programa de Inserción Laboral y al plan Fomentar Empleo. Cada uno de ellos apunta a mejorar la empleabilidad, fortalecer vínculos comunitarios y facilitar el acceso a oportunidades laborales formales. El espíritu del programa se mantiene: facilitar la incorporación de trabajadores informales o beneficiarios de asistencia estatal al empleo registrado, sin que eso implique una pérdida abrupta de ingresos ni una carga excesiva para los empleadores.

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Las empresas que contraten a personas incluidas en estos programas y aumenten su plantilla podrán acceder a una reducción del 100% en las contribuciones patronales a determinados subsistemas de la seguridad social durante los primeros 12 meses del vínculo. Además, el monto del plan social se podrá imputar como parte del salario, de modo que el empleador solo deba cubrir la diferencia restante.

La resolución también establece criterios más precisos para determinar qué contrataciones generan un “incremento neto” de personal. Se tomará como referencia el promedio de trabajadores declarados en 2021 o 2024, según la fecha de inicio de actividad de la empresa. Para nuevos empleadores, la base será cero.

Asimismo, se aclara que los contratos elegibles incluyen relaciones laborales por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial, de temporada y modalidades específicas del sector agrario y de la construcción. Si el contrato se extingue antes de los 12 meses, el trabajador podrá seguir percibiendo su asignación social, siempre que no haya superado ese período de aportes. Si trabajó entre 8 y 12 meses, podrá optar por regresar al programa de origen o solicitar la prestación por desempleo.

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Las inscripciones se canalizan a través del Portal Empleo y las delegaciones oficiales. La verificación de los beneficios se realizará mediante el Programa de Inserción Laboral de la Secretaría de Trabajo, con cruces de datos entre organismos para evitar superposiciones y garantizar el uso correcto de los recursos. Con esta actualización, el Gobierno busca reactivar el empleo formal en sectores vulnerables, reducir la informalidad y dar un nuevo impulso a la articulación entre política social y mercado laboral.

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