El Gobierno promulgó la reforma laboral: desde cuando rige y cuáles son los principales puntos

Su entrada en vigencia fue confirmada luego de ser publicada en el Boletín Oficial. Las principales claves.
Por: #BorderPeriodismo

La reforma laboral que el Gobierno consiguió aprobar en el Congreso y que fue motivo de discusiones y protestas ya entró en vigencia e incorpora una serie de cambios en lo que respecta a la relación entre los empresarios y los trabajadores.

Uno de los puntos más polémicos-y que fue eliminado- es el artículo 44, aunque logró incorporar 28 cambios con respecto a la normativa anterior, entre ellas la resolución de conflictos entre empleado y empleador, régimen de indemnizaciones y formas de contratación, entre otros puntos.

Las claves de la nueva ley: los principales cambios

Uno de los principales cambios es que la indemnización en caso de despido será calculada a partir del sueldo mensual habitual y ya no se incluirá a indemnización se calculará úl aguinaldo (SAC), las vacaciones y cualquier otra clase de concepto que no se abone todos los meses. Las deudas laborales se ajustarán por inflación.

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También existirá la compensación de las horas extras con tiempo libre que podrá hacerse a través de un acuerdo escrito entre las partes y las vacaciones se podrán tomar en cualaquier época del año, aunque el período oficial seguirá siendo de octubre a abril y se podrá dividir en tramos, aunque casa segmento deberá ser de -al menos- 7 días corridos.

El período de prueba se ampliará de seis a ocho meses, lapso en el cual el empleador podrá cesar el vínculo sin la obligación de tener que pagar una indemnización, siempre que haya registrado al trabajador como corresponde.

En cuanto a los salarios, los mismos podrá ser pagados tanto en moneda nacional como en extranjera, especie, habitación o alimentos. Se incorpora la figura de "salario dinámico", que será como una especie de reconocimiento al mérito.

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En caso de huelga, no será igual para todas las actividades. Por ejemplo, aquellos servicios considerados esenciales, deberán garantizar una cobertura del 75%, mientras que los denominados trascendentales, al menos un 50%.

Por último, otro de los cambios fundamentales es que las sentencias judiciales se podrán abonar en cuotas, teniendo las empresas la posibilidad de hacerlo en esta seis veces, mientras que las Pymes podrán hacerlo a lo largo de un año.

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