El oficialismo presiona al Presidente para que por DNU reforme el Máximo Tribunal

El kirchnerismo armó un proyecto para ampliar la Corte Suprema a 25 miembros y están a la espera de la firma del Jefe de Estado. ¿Qué dice el borrador?
Por: #BorderPeriodismo

Luego de que la oposición amenazara con paralizar el Congreso si el oficialismo avanza con el juicio político contra la Corte Suprema, desde un sector del kirchnerismo se adelantaron a esta posibilidad y realizaron un proyecto para que, mediante un DNU, Alberto Fernández amplíe la cantidad de miembros de la Corte a veinticinco.

Según informó el medio Infobae -quien tuvo acceso al borrador del decreto- el plan alternativo que promueve el oficialismo fue confirmado (off the record) por dos gobernadores del norte del país y ellos mismos adelantaron que el Jefe de Estado estaría contemplando la posibilidad de avanzar.

El proyecto fue ideado por el senador bonaerense del Frente de Todos y ex intendente de San Antonio de Areco, Francisco «Paco» Durañona, quien a través de sus redes sociales adelantó: «para evitar la proscripción definitiva de Cristina es imprescindible pensar en candidaturas que ofrezcan las mejores propuestas para ganar las elecciones y, entre otras cosas, llevar adelante una moderna, seria, profunda y democrática reforma judicial».

Horas después cuando los medios comenzaron a divulgar el borrador del polémico escrito y las críticas se fueron sumando, Durañona planteó que este proyecto responde a «una situación excepcional que impide funcionar con Congreso».

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La iniciativa propuesta por el senador apunta a modificar el artículo 21º del decreto de Ley 1.285 para modificar los miembros de la Corte Suprema a 25. De llegar a aprobarse se garantizará que de los 25 integrantes se respete la paridad de género y la Corte sea integrada también por mujeres.

El presidente será el encargado de seleccionar a uno de los dos candidatos propuestos que luego deberá contar con el acuerdo del Senado de la Nación. Teniendo en cuenta que la ampliación llegaría a ser un número impar, en el documento se aclaró que el mandatario «deberá garantizar la máxima paridad de género posible».

El borrador tiene un plazo de 30 días hábiles (que comenzarán a correr una vez sea oficializada la normativa) para que las provincias y la Ciudad presenten a sus duplas de jueces, ante eso, el oficialismo busca acelerar que el Presidente firme el decreto para presionar a los líderes provinciales a elevar a sus designados.

Por el momento, Alberto Fernández no se ha pronunciado acerca de este tema debido a que todos los focos están puestos en la visita del presidente Lula Da Silva y en la cumbre de la CELAC que comenzará este martes.

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En tanto, dentro del propio Frente de Todos admiten que este artículo podría declararse inconstitucional debido a que la Constitución dicta que es el Presidente quién nombra a los magistrados de la Corte en acuerdo con el Senado, pero en el borrador del DNU se excusan afirmando que, como el Jefe de Estado seguirá siendo quien designe a los postulados por los gobernadores, el único que podría declarar la inconstitucionalidad sería el propio Primer Mandatario.

Algunos de los puntos que se filtraron hablan de cómo sería el proceso de votación de una Corte con 25 miembros: «se sortearán tres jueces para admitir y rechazar recursos interpuestos; cinco jueces distintos a los que admitieron el recurso votarían para resolver la cuestión final una vez admitido el recurso; nueves jueces (distintos a los tres que admitieron el recurso) para resolver cuestión final en casos en que la Nación, las Provincias o la Ciudad, o sus dependencias sean parte en los casos; trece jueces en los casos que la Corte Suprema tenga competencia originaria», detalle el borrador al que accedió Infobae.

En caso de que hubiere desacuerdo, se requerirían los votos necesarios para obtener la mayoría absoluta de opiniones. En estos casos se realizarán sorteos por medio de sistemas que deberán ser creados por un organismo u observatorio y avalados por el Senado de la Nación.

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Por último, el borrador también incluye la modificación del artículo 275 del Código Procesal y Civil y Comercial de la Nación, Ley 17.454, y establece que en el caso que un recurso extraordinario impuesto sea «por arbitrariedad de sentencia», la Sala que intervino «deberá remitir al expediente a la mesa de entradas de la Cámara para sortear otra Sala de la Cámara respectiva distinta a la que dictó la sentencia de manera arbitraria según las partes para que estos resultan la admisibilidad del recurso».

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