En CABA, se llevó la caja navideña de una compañera y la Justicia dijo que su despido estuvo justificado

Un trabajador fue desvinculado tras llevarse sin autorización una caja destinada a una compañera.
Por: #BorderPeriodismo

En marzo de 2023, un trabajador con menos de un año en una empresa de la Ciudad de Buenos Aires fue despedido tras ser acusado de apropiarse sin permiso de una caja navideña destinada a una compañera. La empresa fundamentó la cesantía en la violación de los deberes de buena fe y fidelidad, y el caso llegó a la Justicia.

El empleado, que se desempeñaba en reparto y logística, negó haber actuado sin autorización y afirmó que retiró la caja con el consentimiento de un delegado sindical, debido a que la destinataria había olvidado retirarla. Sin embargo, el delegado negó haber otorgado tal permiso y otros testigos confirmaron que las cajas entregadas por el sindicato eran para personas específicas y que la caja desaparecida nunca fue recibida por su destinataria.

La causa contó con registros de cámaras internas que captaron el momento en que el trabajador retiró la caja. Además, el empleado admitió haber tomado un paquete que no le pertenecía, pero no pudo demostrar que contaba con autorización para hacerlo, lo que resultó clave para la resolución judicial.

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Desde el inicio de la relación laboral, el trabajador había estado bajo sospecha tras un incidente anterior en el que reportó el robo de un vehículo de la empresa que transportaba mercadería. Este antecedente generó desconfianza en la administración y fue tenido en cuenta durante el juicio.

En primera instancia, el juez rechazó la demanda por despido sin causa presentada por el trabajador, al considerar probado el incumplimiento laboral. No obstante, ordenó el pago de una suma menor por diferencias en la liquidación final, actualizada según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC con interés anual.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, al revisar la apelación, destacó que la pérdida de confianza fue justificada por la conducta irregular comprobada en pocos meses de empleo. Subrayó que en relaciones laborales de corta duración, el empleador tiene menos margen para confiar en la honestidad del empleado y que la conducta probada permite extinguir el vínculo laboral por lesión terminal de confianza.

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Asimismo, la sentencia valoró que, aunque el valor económico de la caja no era elevado, la apropiación implicó una falta objetiva a los deberes de buena fe, diligencia y fidelidad, especialmente relevante dada la naturaleza de las tareas realizadas por el trabajador.

En cuanto a la indemnización por falta de entrega del certificado de servicios, la Justicia determinó que la empresa cumplió con esta obligación, por lo que rechazó ese reclamo.

Finalmente, el tribunal resolvió que las costas y honorarios se impusieran en el orden causado, considerando la particularidad del caso y la expectativa razonable de defensa de ambas partes.

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