La Academia Nacional de Medicina de Buenos Aires fijó una posición categórica al rechazar de manera frontal los tratamientos médicos y quirúrgicos destinados a la transición de género en niños y adolescentes, que estaban contemplados en la Ley de Identidad de Género, sancionada en 2012, lo que generó un fuerte debate a nivel país.
La entidad emitió una declaración tras su plenario académico del 25 de septiembre de 2025, indicando que “no avala ningún tratamiento, ya sea médico —a través de bloqueadores de la pubertad o terapias hormonales...— ni intervenciones quirúrgicas que tiendan a modificar el sexo”. Este pronunciamiento se produce en respuesta a consultas judiciales que la institución recibe sobre procedimientos como la castración farmacológica o quirúrgica y la reasignación de género.
Los riesgos “irreversibles” y la postura ética
"Teniendo en cuenta las deletéreas consecuencias de estos tratamientos sobre la salud física —muchas veces irreversibles— y psicológica, incluido un alto porcentaje de posteriores depresiones, la Academia los desaconseja”, señala el comunicado de la entidad.
La Academia fundamentó su rechazo en principios éticos y científicos, enfatizando la necesidad de respetar la vida y la naturaleza humana, y advirtiendo sobre los severos riesgos para la salud de los menores.
La institución médica considera que estas intervenciones conducen a “situaciones no sustentadas en verdades científicas comprobadas” y son una “promesa insustancial que atenta contra el sexo real, el biológico”. La declaración concluye de manera tajante: “No es recomendable ni saludable frenar el desarrollo de un niño en su transición a la edad adulta. Por tanto, la Academia Nacional de Medicina de Buenos Aires las rechaza”.
El comunicado de la Academia también hizo referencia a la revisión de estas prácticas en el ámbito internacional, señalando que los tratamientos han debido ser suspendidos o limitados en países que los promovían, como Finlandia, Suecia, Noruega, Inglaterra, los Países Bajos y varios estados de Estados Unidos.
A nivel nacional, el Gobierno ya había establecido una limitación a principios de 2025. Mediante la sustitución del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género (Ley 26.743), se dispuso que los tratamientos de hormonización y las intervenciones quirúrgicas de cambio de género solo podrán realizarse en mayores de 18 años, revirtiendo la norma de 2012 que permitía el acceso a menores con el consentimiento de sus padres o tutores y la opinión de un equipo interdisciplinario.




