El juez federal de Dolores, Martín Bava, emitió una orden judicial que obliga al Ministerio de Economía a entregar en un plazo de cinco días hábiles toda la documentación relacionada con el decreto que aprobó el crédito otorgado por el Fondo Monetario Internacional (FMI). La medida fue dictada en respuesta a un amparo presentado por la Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que denunciaron la falta de acceso a información pública relevante.
En su fallo, Bava subrayó que “en una sociedad democrática es indispensable que las autoridades estatales se rijan por el principio de máxima divulgación, el cual establece la presunción de que toda información es accesible”. Esta resolución apunta a garantizar la transparencia en un tema de alto impacto económico y social, como lo es la firma de un acuerdo con el FMI.
El caso se inició el 27 de junio de 2025, cuando Francisco Verbic, abogado e integrante de la CAIP, junto a los letrados del CELS Leonel Bazán y Diego Morales, presentaron una acción de amparo contra el Estado Nacional, representado por el Ministerio de Economía. El reclamo buscaba que se declare ilegal la conducta del ministerio, que había negado el acceso completo al expediente administrativo vinculado al decreto 179/2025, que aprueba las operaciones con el Fondo.
La denuncia
Los organismos denunciaron que el Ministerio a cargo de Luis Caputo incumplió la Ley de Acceso a la Información Pública, intentando ocultar documentación mediante maniobras dilatorias. Aunque inicialmente el ministerio tramitó el pedido conforme a la Ley 27.275 y solicitó una prórroga para entregar el expediente, luego desestimó esta vía y derivó la solicitud a un procedimiento administrativo, lo que fue cuestionado por el juez.
Bava enfatizó que la Ley 27.275, sancionada en democracia y con amplio consenso, debe prevalecer sobre normativas administrativas dictadas en dictadura. El magistrado sostuvo que el derecho al acceso a la información pública es fundamental para el control democrático de las decisiones estatales, especialmente en políticas económicas que afectan a toda la sociedad.
El fallo también cita a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establece que “el derecho a la información pública se rige por el principio de máxima divulgación, el cual establece la presunción de que toda información es accesible, sujeto a un sistema restringido de excepciones”. Además, recordó que la información pública no pertenece al Estado sino al pueblo argentino, y que cualquier persona puede solicitarla sin necesidad de justificar interés alguno.
De esta forma, la resolución reafirma que el acceso a la información generada por el Estado es un derecho humano fundamental, protegido por la legislación vigente, y que debe cumplirse sin trabas burocráticas ni excusas administrativas.
El juez ordenó que el Ministerio de Economía, junto con la Agencia de Acceso a la Información Pública, garantice el acceso a la totalidad del expediente administrativo EX-2025-24205368- -APN-DGDA#MEC, incluyendo todos sus archivos, anexos y documentación conexa, en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación.