La Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal resolvió que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) debe contestar las solicitudes de información vinculadas al envío de lingotes de oro al exterior, o bien justificar de manera detallada por qué cada dato solicitado podría poner en riesgo la estabilidad financiera, así lo informó el medio Infobae.
La decisión revocó un fallo de primera instancia que había rechazado el amparo presentado por la Asociación Bancaria, conducida por el diputado kirchnerista Sergio Palazzo, que en 2024 pidió conocer detalles de las operaciones realizadas en junio, julio y agosto. El gremio reclamó información sobre montos, monedas de transacción, destino de los activos, empresas transportadoras, aerolíneas utilizadas, costos de fletes y seguros.
La postura del Banco Central
El BCRA había denegado la entrega de la documentación, declarando la reserva total de lo solicitado. Argumentó que difundir esos datos podría revelar la ubicación de los activos y comprometer la seguridad de las reservas internacionales, afectando la política cambiaria y la estabilidad del sistema bancario.
Un juez de primera instancia avaló esa posición. Sin embargo, la Cámara, con las firmas de Guillermo F. Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, se alineó con el dictamen del Ministerio Público Fiscal, que recomendó una divulgación parcial.
Los camaristas remarcaron que el acceso a la información pública es un derecho fundamental y que las excepciones deben interpretarse de manera restrictiva. Señalaron que la respuesta del BCRA fue genérica y no explicó cómo cada punto solicitado afectaría la seguridad de los activos.
El fallo subrayó que existen aspectos administrativos —como autorizaciones o contrataciones logísticas— que no comprometen la ubicación física del oro ni las estrategias de inversión. Además, recordó que el propio Estado había reconocido públicamente la existencia de envíos de metal al extranjero. La Fiscalía sugirió aplicar el mecanismo de “disociación”, que permite resguardar datos sensibles (como la ubicación de bóvedas) y entregar el resto de la documentación para brindar la información pública a los argentinos.
La carga de la prueba
Para el tribunal, la obligación de demostrar que la información no debe entregarse recae sobre el Estado. En este caso, el Banco Central no explicó con precisión por qué ocultó quiénes autorizaron las maniobras o qué tipo de contratación se realizó para la logística.
Los jueces advirtieron que si la entidad insiste en proteger ciertos datos, deberá indicar “punto por punto” la conexión entre esa información y el peligro invocado para el sistema financiero, evitando respuestas globales que impidan verificar la razonabilidad de la restricción.



