Las importaciones a las que el Gobierno dejará de hacerles control de calidad

El Decreto 892 entra en vigor y simplifica drásticamente los trámites de importación al aceptar certificados de seguridad de mercados clave como Estados Unidos, la Unión Europea y Japón.
Por: #BorderPeriodismo

El Gobierno Nacional promulgó el Decreto 892, una herramienta de desregulación destinada a agilizar la actividad comercial y reducir los costos asociados a la importación. El núcleo de la normativa consiste en suspender la obligatoriedad de duplicar los procesos de certificación que hasta ahora imponían organismos nacionales como ANMAT y SENASA.

La nueva regla otorga validez a los certificados de seguridad y calidad emitidos por autoridades oficiales y laboratorios acreditados de países de alta vigilancia técnica y sanitaria, incluyendo Japón, Reino Unido, Australia, Israel, EE.UU., la Unión Europea y la EFTA. La acreditación del cumplimiento normativo en origen permite a los productos el libre ingreso, siempre que el importador presente una declaración jurada garantizando que el bien no representa riesgos.

El catálogo de apertura: de Limpieza a tecnología médica

Esta flexibilización impacta directamente a amplias categorías de consumo masivo, orientadas a incrementar la oferta. Bajo la órbita de ANMAT, se simplifica la entrada de productos domisanitarios (como desinfectantes y detergentes), cosméticos, perfumes, y dispositivos médicos de bajo riesgo (clases I y II, como sillas de ruedas), además de diagnósticos in vitro que no requieran cadena de frío.

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Por su parte, SENASA habilita el ingreso de productos veterinarios y fitosanitarios (agroquímicos) si cuentan con su certificación original. El ministro Sturzenegger destacó que esta remoción de "barreras y restricciones estatales" se traduce en "mejores precios para los consumidores" debido al aumento de la competencia.

Blindaje de seguridad: lo que queda excluido

Si bien el decreto impulsa la apertura, mantiene un estricto control sobre categorías críticas. Quedan fuera de la simplificación: alimentos regulados por el Código Alimentario Argentino (CAA), medicamentos, fertilizantes, armas, explosivos, y cualquier mercadería usada o reacondicionada.

Esta exclusión estratégica garantiza que los bienes de impacto directo en la salud pública y la seguridad nacional sigan bajo la fiscalización total de los entes reguladores locales.

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