El próximo 26 de octubre, los argentinos acudirán a las urnas para renovar las bancas del Congreso, eligiendo a diputados y senadores. En este contexto, la Cámara Nacional Electoral (CNE) informó que el padrón electoral definitivo ya está disponible para que los votantes puedan consultar el lugar y la mesa asignada para sufragar.
Para acceder al padrón electoral 2025, es necesario ingresar a la página oficial de la Cámara Nacional Electoral, donde se deben completar datos personales como el DNI y el distrito correspondiente. Tras ingresar esta información, el sistema indicará el establecimiento donde cada elector deberá presentarse el día de la votación.
Además, la plataforma permite revisar los datos registrados en el Registro Nacional de Electores y cuenta con un apartado para realizar reclamos o reportar errores. Los ciudadanos tienen plazo hasta el 26 de septiembre para corregir cualquier inconsistencia en el padrón definitivo.
Paso a paso
- Ingresar a la Web oficial de la Cámara Nacional Electoral, en https://www.padron.gob.ar/.
- Ingresar el número del Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Asignar un género (masculino, femenino o sin especificar).
- Seleccionar un distrito.
- Completar el verificador de seguridad.
Qué se vota
Las elecciones legislativas, que se celebran cada dos años, buscan renovar un total de 24 senadores y 127 diputados nacionales. En el Senado, cada provincia elige tres senadores: dos corresponden al partido que obtiene la mayoría de votos y uno a la segunda fuerza más votada.
En tanto, la Cámara de Diputados utiliza un sistema proporcional llamado D’Hondt, que distribuye las bancas según la población de cada provincia. Por ejemplo, la Provincia de Buenos Aires contará con 70 diputados, mientras que Tierra del Fuego tendrá 5. Todas las provincias renuevan la mitad de sus diputados cada dos años.
El derecho al voto en estas elecciones alcanza a ciudadanos argentinos y extranjeros residentes que cumplan con los requisitos del Código Electoral. Los argentinos pueden votar desde los 16 años si tienen residencia permanente en el distrito correspondiente, mientras que los ciudadanos naturalizados lo hacen a partir de los 18 años. Los extranjeros residentes pueden votar desde los 16 años siempre que posean DNI extranjero, estén inscriptos en el padrón y no tengan inhabilitaciones.
Las elecciones se desarrollarán con la Boleta Única de Papel. También podrán votar las personas privadas de la libertad, siempre que estén registradas en el padrón.
El voto no es obligatorio para ciertos grupos, que quedan exentos de sufragar. Entre ellos se encuentran jueces y auxiliares judiciales que tengan funciones durante la jornada electoral; ciudadanos mayores de 70 años, para quienes el voto es optativo; personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de su lugar de votación; quienes estén enfermos o imposibilitados por razones de fuerza mayor; y trabajadores de servicios públicos esenciales que no puedan asistir, siempre que el empleador lo notifique con al menos 10 días de anticipación.
Respecto a la documentación habilitante para votar, se aceptan el DNI tarjeta, incluso si contiene la leyenda “no válido para votar”, así como la libreta celeste, libreta verde, libreta cívica y libreta de enrolamiento. Se recomienda presentarse con el mismo documento que figura en el padrón o con uno más actualizado, siempre en versión física y no digital.