El Poder Ejecutivo Nacional, mediante un decreto rubricado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete Manuel Adorni, formalizó dos días de asueto administrativo para la Administración Pública Nacional (APN) en las vísperas de las fiestas de fin de año. La disposición establece que el personal no deberá cumplir funciones los días 24 y 31 de diciembre de 2025.
El objetivo principal reside en facilitar los preparativos, los traslados y el reencuentro familiar, dada la profunda significación social de la Navidad (25 de diciembre) y el Año Nuevo (1° de enero), que la ley establece como feriados inamovibles. El Decreto 883/2025 fundamenta la decisión en que las vísperas suelen destinarse a la organización y considera oportuno extender el descanso.
Impacto y diferencia entre sectores
La decisión genera un período de descanso prolongado para la APN, permitiendo a los empleados públicos gozar de un fin de semana largo doble. Adicionalmente, el Gobierno busca un impacto positivo en el sector turístico, al favorecer los desplazamientos internos. La normativa aclara que el asueto no implica un gasto adicional para el Estado, pero exige que los organismos garanticen la continuidad de los servicios esenciales.
Es fundamental aclarar el alcance de la normativa. La exención de tareas aplica exclusivamente al personal de la APN. Sin embargo, el decreto excluye de manera taxativa a las instituciones bancarias y entidades financieras, las cuales deben operar con total normalidad.
En el ámbito privado, el panorama cambia. Los días 24 y 31 de diciembre son considerados jornadas laborables comunes. Cada empleador podrá decidir si otorga el día libre a sus trabajadores; de trabajar, el personal recibirá el pago estándar, evitando la retribución doble que corresponde a los feriados nacionales inamovibles.



