Grecia aprobó recientemente un sistema laboral que amplía la jornada diaria de trabajo de 8 a un máximo de 13 horas, aplicable hasta tres veces por semana y durante un máximo de 37 días al año. Este mecanismo, conocido como “banco de horas”, permite compensar las horas extras con jornadas más cortas en otros momentos, aunque la remuneración por esas horas adicionales es menor que la actual tarifa de horas extras.
El secretario de Trabajo, Julio Cordero, expuso en el Coloquio de IDEA que esta modalidad se propone como una jornada elástica, que se regula a través de la jornada promedio o mediante procesos que distribuyen de manera desigual las horas laborales, combinando extensión de jornada y descansos compensatorios.
El “banco de horas” funciona como un sistema de flexibilidad horaria en el que el empleador puede solicitar que el trabajador realice jornadas prolongadas en períodos de alta demanda o producción. Estas horas adicionales se pueden compensar con jornadas reducidas en períodos de menor actividad, siguiendo lo que establezca cada convenio de empresa, que prevalecería sobre los convenios sectoriales o de rama.
En este esquema, las horas extras dejarían de ser voluntarias para el trabajador, ya que pasarían a formar parte de la jornada laboral habitual y estarían contempladas en el contrato de trabajo, configurando lo que el Gobierno denomina como jornada elástica.
Las horas que excedan la jornada legal modifican el régimen tradicional de horas extras, ya que podrían compensarse con jornadas más cortas o días libres, o bien pagarse con un plus inferior al actual recargo que suele ser del 50% o 100%. En Grecia, por ejemplo, el recargo es del 40%.
Otro aspecto clave de la reforma es la posibilidad de que las empresas, con acuerdo de sus trabajadores, se desliguen de los convenios colectivos sectoriales. Según la consultora IDESA, esto implica establecer un orden de prelación donde los acuerdos por empresa tendrían prioridad sobre los convenios colectivos a nivel de actividad, rama, región u ocupación.
Además, se plantea derogar la “ultraactividad” de los convenios, lo que significa que si no hay acuerdo para renovar un convenio entre representantes sindicales y empresariales, este dejaría de tener vigencia tras un período determinado. Esta medida busca presionar para que se alcance un nuevo acuerdo basado en la legislación que surja de la reforma laboral.
Finalmente, tras avanzar con la reforma laboral, el Gobierno planea impulsar una reforma previsional que modificaría la edad jubilatoria, el cálculo de haberes, la pensión por viudez y regímenes especiales, particularmente el de docentes nacionales, eliminando el beneficio del 82% del salario que actualmente reciben los jubilados por ese régimen.



