Revés para Adorni: la Justicia le impuso restricciones para viajar al exterior por la causa de enriquecimiento ilícito

El juez federal Ariel Lijo avaló la solicitud del fiscal Gerardo Pollicita.
Por: #BorderPeriodismo

La situación procesal del exjefe de Gabinete de Ministros, Manuel Adorni, sumó una primera restricción fáctica en los tribunales de Retiro. El juez federal Ariel Lijo dictó una orden que le prohíbe al exvocero presidencial salir del territorio nacional sin una autorización expresa y previa del tribunal. La medida cautelar obliga al exfuncionario de la administración libertaria a justificar "la pertinencia y razonabilidad" de cada desplazamiento internacional que pretenda realizar.

La resolución judicial se alineó con el dictamen del fiscal Gerardo Pollicita, titular de la acción penal en la investigación que rastrea presuntas inconsistencias patrimoniales del exjefe de ministros. La disposición restrictiva posee un carácter estrictamente personal, por lo que no afecta a su cónyuge, Bettina Angeletti, quien también permanece bajo la lupa de los peritos contables de la causa.

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Desestiman el pedido de prisión preventiva

A pesar del avance en las restricciones de movilidad, el Ministerio Público Fiscal resolvió rechazar las solicitudes de detención y secuestro de pasaporte que habían presentado formalmente los denunciantes en el expediente, la diputada nacional Marcela Pagano y el abogado Gregorio Dalbón.

Para morigerar la cautelar y descartar el riesgo de fuga o entorpecimiento, la fiscalía ponderó una serie de elementos objetivos sobre el perfil del imputado:

  • Arraigo consolidado: Adorni registra un domicilio fijo en el país, carece de antecedentes penales computables y su núcleo familiar directo reside en territorio argentino.

  • Sujeción al proceso: Mediante un escrito presentado por su defensor técnico, Matías Ledesma, el exfuncionario notificó formalmente que permanece en el país y que no proyecta viajes al exterior en el corto plazo, desactivando versiones que indicaban una presunta mudanza a Uruguay.

  • Inexistencia de coacción: Pollicita determinó que los contactos previos entre el imputado y el contratista Matías Tabar —quien ejecutó reformas por USD 245.000 en una propiedad del country Indio Cuá— no afectaron el testimonio del testigo, cuyas declaraciones resultaron sustancialmente incriminatorias para la defensa.

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Pruebas clave: testaferros de tarjeta de crédito y fondos en negro

La causa penal ingresará en una fase de definiciones técnicas críticas antes del inicio de la feria judicial de invierno. La fiscalía se encuentra a la espera del informe consolidado de la Dirección de Asesoramiento Financiero en las Investigaciones (DAFI), peritaje que determinará la magnitud exacta del presunto descalce financiero del exfuncionario.

1.Testimonios de la Vocería:Uso de cuentas ajenas.

Tres empleados de la estructura comunicacional de la Casa Rosada admitieron ante el fiscal haber prestado sus nombres y extensiones de tarjetas de crédito para canalizar erogaciones millonarias de Adorni.

2.Auditoría contable final:Peritaje de la DAFI.

Los técnicos financieros de la procuración ultiman los números para establecer si los gastos corrientes del exjefe de Gabinete guardan correlación legal con sus ingresos registrados.

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3.Intimación de justificación:Explicación de origen.

Comodoro Py notificará un requerimiento formal para que Adorni ratifique el origen de sus fondos. Bajo la lupa está su propia versión pública de poseer USD 500.000 derivados de activos criptográficos no declarados.

4.Evaluación de indagatoria:Resolución de mérito.

Si el descargo financiero no logra convalidar la legalidad de las divisas, el juzgado de Ariel Lijo procederá a formalizar la imputación mediante el llamado a declaración indagatoria.

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