La Agencia Nacional de Discapacidad comunicó un ajuste en el nomenclador de discapacidad, que impactará en los valores de las prestaciones y servicios destinados a personas con discapacidad.
Este incremento, que comenzará a regir en 2025, tiene como objetivo mejorar la calidad de atención y ampliar la cobertura de los servicios ofrecidos, garantizando así un acceso más equitativo y eficiente para los beneficiarios.
Desde ANDIS destacaron que este ajuste responde a la necesidad de actualizar las tarifas para adecuarlas a las condiciones actuales del sector y fortalecer la red de prestaciones vinculadas a la discapacidad.
Impacto en prestadores y servicios
El aumento beneficiará a los profesionales e instituciones que prestan servicios en distintas áreas de apoyo a personas con discapacidad. Entre ellas se incluyen las internaciones, el transporte especializado, el acompañamiento educativo y laboral, la atención médica y los programas de rehabilitación.
La medida también apunta a sostener la calidad y la continuidad de las prestaciones, en un contexto de revisión integral del sistema de financiamiento. Según el comunicado, el incremento permitirá que los valores de las prestaciones se mantengan por encima de la inflación proyectada para el próximo año, lo que aportará estabilidad al vínculo entre el Estado, los prestadores y las obras sociales.
El ajuste en el nomenclador representa uno de los principales instrumentos de actualización económica para las instituciones que forman parte de la red de servicios de discapacidad, ya que define los montos reconocidos por las obras sociales, el Programa Federal Incluir Salud y otros financiadores del sistema.
ANDIS rectificó norma y asegura la difusión de medidas sobre pensiones no contributivas
Hace una semana, la ANDIS mediante la Resolución 13.653/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, dispuso rectificar el artículo 6° de la Resolución 12.621/2025, con el objetivo de garantizar su correcta comunicación y publicación en el Registro Oficial.
El texto rectificado establece expresamente que la norma debe "comunicarse, publicarse, darse a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y archivarse", subsanando así una omisión formal de la resolución anterior.
La Resolución 12.621, emitida el 24 de septiembre pasado, había dejado sin efecto las suspensiones de pensiones no contributivas por invalidez laboral de un grupo de beneficiarios, en cumplimiento de una medida cautelar dictada por el Juzgado Federal N° 2 de Catamarca en la causa "Defensor del Pueblo y otro c/ ANDIS s/ acción de amparo ley 16.986 con cautelar".



