Suben los combustibles: el Gobierno actualizó impuestos y habrá un nuevo impacto desde febrero

A través del Decreto 74/2026, el Ejecutivo oficializó un incremento parcial en los tributos al combustible líquido y al dióxido de carbono.
Por: #BorderPeriodismo

El Gobierno nacional oficializó esta madrugada la actualización de los impuestos a los Combustibles Líquidos (ICL) y al Dióxido de Carbono (CO₂), una decisión que se trasladará de forma inmediata a los precios de la nafta y el gasoil en todas las estaciones de servicio del país.

La medida, plasmada en el Boletín Oficial, establece un incremento "parcial" con el objetivo de mantener un "sendero fiscal sostenible" sin asfixiar el consumo interno. Según los considerandos de la norma, el Ejecutivo optó por diferir una parte de los aumentos remanentes para evitar un impacto inflacionario desmedido en el inicio del año.

El nuevo esquema de precios por litro

De acuerdo al cronograma impositivo que rige desde el 1 de febrero, los valores de los gravámenes se incrementan de la siguiente manera:

  • Nafta (Súper y Premium): El impuesto específico sube $16,773 por litro, a lo que se suma un ajuste de $1,027 por el tributo al dióxido de carbono.
  • Gasoil: El incremento impositivo es de $14,372 por litro, mientras que el gravamen al CO₂ suma otros $1,638.
  • Zonas Diferenciales: En la Patagonia y otras regiones con beneficios fiscales (como La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego), el ajuste para el gasoil es menor y se sitúa en $7,782.
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Durante 2025, el Estado nacional aplicó una política de postergación sistemática de estos tributos para atenuar la suba de precios en los surtidores. Sin embargo, esta estrategia tuvo un costo fiscal altísimo: el fisco resignó ingresos por USD 2.326 millones en el último año.

Solo en el mes de diciembre, la decisión de no actualizar el impuesto en su totalidad representó una pérdida de recaudación de USD 173 millones. Con el nuevo decreto, el Gobierno busca acortar la brecha entre el monto legal del tributo —que debe ajustarse trimestralmente por la inflación del Indec— y lo que efectivamente se recauda.

La vigencia de la Ley 23.966

La normativa toma como base la Ley 23.966, que establece actualizaciones automáticas en los meses de enero, abril, julio y octubre. Pese a que la ley ordena ajustes basados en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Ejecutivo mantiene la potestad de suspender o fragmentar estas subas según la coyuntura económica.

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Con esta nueva resolución, el Gobierno también modificó la fecha de la siguiente etapa de incrementos. Lo que originalmente debía aplicarse de forma total en febrero, ahora tiene una nueva instancia de revisión prevista para el mes de marzo, lo que sugiere que los ajustes en los surtidores continuarán de forma escalonada durante el primer trimestre del año.

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