Una nueva resolución judicial en el fuero Penal de La Plata sacudió la calma de fin de año y promete generar comentarios de todo tipo. La letra fría de la noticia indica que los polémicos camaristas que ordenaron la libertad (luego revocada) del puntero político Julio Segundo “Chocolate” Rigau ahora confirmaron la absolución del ex intendente kirchnerista de la localidad de Brandsen, Gastón Arias, quien fue absuelto en el juicio oral por el que fueron condenados otros funcionarios de su gestión, recordaron fuentes judiciales a Borderperiodismo.
Tal como informó este medio, en marzo de este 2023 fue juzgado por un “fraude en perjuicio de la administración pública” ligado a la construcción de cordones cuneta para la localidad que gobernaba. Una obra que se adjudicó en tiempo récord, se pagó completa (por más de US$60 mil dólares del momento) y se certificó pese a haber quedado inconclusa y mal hecha, según la acusación. Una historia de manejos opacos con la obra pública a pequeña escala, que llegó a juicio oral.
En ese juicio del fuero Correccional fueron condenados otros ex funcionarios y el empresario que dejó la obra inconclusa, pero Arias, que actualmente se desempeña en la Defensoría de Pueblo bonaerense, fue absuelto. La fiscal Victoria Huergo apeló la absolución, pero los camaristas Alejandro Villordo y Juan Benavides, fundaron y rechazaron la apelación, documento al que accedió este medio.
Ambos camaristas son quienes ordenaron la libertad del puntero “Chocolate” Rigau, quien fue detenido en pleno centro de la capital bonaerense, con una millonaria bolsa de dinero que fue extraído de cajeros automáticos con tarjetas de débito de falsos empleados de la Cámara de Diputados bonaerense.
Esa decisión generó un cimbronazo político y judicial. La causa llegó hasta el Tribunal de Casación bonaerense que dejó sin efecto la resolución de la Sala III de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata. Rigau volvió a prisión y semanas después fueron detenidos el concejal de Unión por la Patria, Facundo Albini (quien ya presentó su renuncia a la banca) y su padre Claudio, subdirector de Personal de la Cámara de Diputados bonaerense, presunto jefe de la asociación ilícita.
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JUICIO POLÍTICO
Villordo y Benavidez fueron apartados de la causa y tienen en trámite un pedido de juicio político impulsado por el procurador general bonaerense, Julio Marcelo Conte-Grand. En su presentación el jefe del Ministerio Público Fiscal ofreció prueba y solicitó el apartamiento preventivo de los ambos magistrados mientras se sustancie el proceso.
Tras la libertad de Rigau, medida que generó estrépito social, los dirigentes María Eugenia Talerico, Ricardo López Murphy y Javier Iguacel denunciaron a los magistrados en la Procuración General bonaerense. También ratificaron otra denuncia contra Rigau que fue presentada en sede penal.
Fuentes de la Procuración entonces confirmaron a Borderperiodismo que la decisión fue tomada “frente al patente mal desempeño y grosero apartamiento del orden legal”. En la denuncia ya presentada se analiza en profundidad la escandalosa decisión de los camaristas que, “sin tener jurisdicción para hacerlo, admitieron y dieron curso a un recurso de habeas corpus y en ese marco declararon la nulidad de la actuación policial contra Julio Rigau y todo lo actuado posteriormente en la causa, ordenando que fuera liberado y que le fueran restituidos el dinero secuestrado y las tarjetas bancarias de las que no era titular”.
La denuncia de Conte-Grand se dio luego que la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense dejó sin efecto la resolución que por mayoría tomaron en la Sala III de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata que había ordenado la libertad de “Chocolate” pese a que fue filmado por cámaras de seguridad mientras extraía millonarias sumas de dinero de cajeros automáticos del Banco de la provincia de Buenos Aires.
La jueza Florencia Budiño y el juez Luis María Mancini Hebeca, entendieron que la resolución de la Cámara debía ser anulada por razones lógicamente previas al análisis de su fundamentación de los recursos de los apelantes (es decir: que no era necesario adentrarse en los fundamentos de la apelación del fiscal general de La Plata Héctor Vogliolo ni del particular damnificado, porque la decisión de los jueces Benavides y Villordo era palmariamente nula).
Para los jueces de Casación los camaristas actuaron “excediendo los límites normativos que determinan su capacidad material de conocimiento y, por tanto, sin tener habilitada su jurisdicción”. Destacaron que la Cámara actuó́ por fuera de su jurisdicción, en tanto según la ley procesal vigente la orden de detención dictada por juez el competente no resulta impugnable por vía de habeas corpus.
“La decisión de los jueces Benavides y Villordo se apartó abiertamente de las constancias objetivas de la causa. A través de un razonamiento arbitrario -canalizado, además, por una vía improcedente-, el decisorio terminó por provocar un daño de tal trascendencia y gravedad que hiere gravemente a los poderes del Estado en general, y a la administración de justicia, en particular” sostuvo Conte-Grand en su denuncia.
También afirmó que “la materia objeto del petitorio tenía vía procesal adecuada en la causa en que se estaba discutiendo la excarcelación; tenía así́ un juez natural” el juez de Garantías Guillermo Atencio “con la admisibilidad de la vía extraordinaria se terminó apartando a dicho juez y suplantándoselo por la Sala III de la Cámara de Garantías y Apelaciones” y que “no debería pasarse por alto que la maniobra de sacar la causa de su juez natural es una actitud propia del fenómeno denominado forum shopping”.
EL JUICIO AL EX INTENDENTE
El expediente es más conocido en la Provincia como el caso “cordones cunetas” o los “cordones cunetas fantasma”. El debate comenzó esta semana en la sede del fuero penal de La Plata, con tres acusados en el banquillo: el ex intendente Arias, su exsecretario de Obras y Servicios Públicos, Juan Manuel Bidegain, y la ex directora de Obras Públicas, María Alejandra Videla. Todos se desempeñaron como funcionarios de la gestión de Arias entre 2011 y 2015.
El hecho ocurrió en 2014. Se sospecha que Arias autorizó el pago de obras de asfalto con cordón cuneta que no se realizaron. De acuerdo con la acusación, el municipio pagó $506.000 (unos 60.000 dólares al cambio del momento) para hacer la obra en seis cuadras, desembolsó el 100%, pero en rigor la empresa sólo ejecutó el 30%: sólo dos cuadras, las de Castelli entre Magdalena de Fait y Hansen, y Saavedra entre Magdalena de Fait y Hansen de esa pequeña localidad.
Además, lo efectivamente construido presentó defectos graves, según sostuvo la fiscal Huergo, especializada en casos de corrupción, en sus lineamientos de apertura del debate oral. Nada de esto fue motivo, al parecer, para que el municipio dejara de pagar la obra o evitara certificar su finalización.
La historia parece menor: se trata de sólo seis cuadras de una localidad del interior, y de pagos que apenas superaron el medio millón de pesos, un monto irrisorio hoy. Pero el hecho bajo investigación ocurrió hace nueve años, cuando esto eran más de US$ 60.000.
La denuncia fue impulsada hace varios años por el ex intendente de Brandsen, Daniel Cappelletti (de UCR-Juntos por el Cambio). En ella se plantea que funcionarios públicos del Ejecutivo municipal contrataron a una empresa privada para hacer la obra, pagaron la totalidad del precio pactado y dieron por constatada su finalización, pero sin que ésta haya ocurrido.
Los fondos para realizar la obra surgían de un programa nacional de fortalecimiento de infraestructura en municipios, que bajaban a los territorios locales desde el Ministerio de Planificación Federal durante la gestión de Julio De Vido como ministro y de José López como secretario nacional de Obras Públicas.
Además de cordones cuneta fantasma, en esta historia hubo un “expediente fantasma”: el expediente original mediante el cual tramitó esta contratación… desapareció. Por eso, durante la instrucción de esta causa tuvo que ser reconstruido judicialmente. Y durante la primera audiencia del juicio oral, el ex intendente, Cappelleti, explicó al declarar cómo son los pasos administrativos para autorizar obras en un municipio.
En el juicio también declaró el director municipal de Caminos Rurales, quien constató que aquella obra de asfalto no se realizó en ningún lugar de partido de Brandsen. Por su parte, la contadora municipal explicó cómo es la autorización de pagos en el municipio. Y en otro pasaje del debate se autorizó la incorporación de chats telefónicos que se obtuvieron en el marco de otra causa penal que enfrenta Arias.
Más testigos y la declaración de un experto en finanzas municipales que pertenece al Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires dieron cuenta cómo es el manejo claro de los fondos. Pero para el juez Diego Tatarsky, titular del juzgado Correccional 5 del Departamento Judicial de La Platay y los camaristas Villordo y Benavides, Arias, que era el jefe político del distrito, no tuvo nada que ver en una obra abonada y abandonada que estaba a pocas cuadras de su casa, camino al despacho municipal.