El Gobierno introdujo cambios en el RIGI para atraer más dólares

Tras una primera etapa del blanqueo de capitales exitosa y los anuncios de inversiones RIGI, el Gobierno impulsa cambios para fomentar mayores y "nuevas inversiones mediante un marco claro y transparente".
Por: #BorderPeriodismo

El Gobierno modificó el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) para permitir que las ampliaciones de proyectos preexistentes puedan adherirse al programa. Lo hizo a través del decreto 1028, publicado este viernes en el Boletín Oficial.

La norma, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo, modifica el artículo 60 del capítulo del RIGI de la Ley Bases.

El decreto precisa las condiciones por las cuales una ampliación de un proyecto preexistente puede beneficiarse del RIGI. El objetivo de los cambios es «fomentar nuevas inversiones mediante un marco claro y transparente», evitando conflictos entre proyectos originales y ampliaciones. Según el texto oficial, eso asegura que los incentivos se destinen exclusivamente a desarrollos que amplíen la capacidad productiva y cumplan con los lineamientos del régimen.

Las modificaciones plantean que para que un proyecto preexistente califique como beneficiario del RIGI deben cumplir con estos tres requisitos: El proyecto de ampliación debe cumplir con todos los requisitos previstos en el régimen; debe igualar o superar el monto mínimo de inversión requerido para el sector correspondiente y los incentivos se aplicarán únicamente a la ampliación y no al proyecto original.

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Además, establece una serie de condiciones para poder gestionar que la ampliación de un proyecto sea elegible para el RIGI, como que el titular del proyecto preexistente debe constituir una sucursal específica para gestionar la ampliación y esa sucursal tendrá como único objeto la ejecución de la ampliación, permitiendo diferenciar los incentivos aplicados al nuevo desarrollo.

Además, aunque la infraestructura y activos puedan ser compartidos entre el proyecto original y la ampliación, esto no afectará la elegibilidad para los incentivos; solo se considerará la producción que exceda la capacidad instalada del proyecto original; el solicitante deberá aceptar los mecanismos previstos en la Ley 27.742 para resolver disputas, incluyendo el Panel RIGI, y existe la posibilidad de proponer mecanismos alternativos de resolución de conflictos.

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