Ley de teletrabajo: los puntos más importantes de la nueva reglamentación

La ley de teletrabajo, aprobada este jueves por el Senado, entrará en vigencia 90 días después de la finalización del ASPO
Ley de teletrabajo
Créditos: Ley de teletrabajo
Por: #BorderPeriodismo

La ley de teletrabajo fue aprobada este jueves por el Senado de la Nación, en una reñida votación y con resistencias de la oposición.

La nueva reglamentación entrará en vigencia 90 días después de que termine el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, con el objetivo de que los empleadores puedan adecuarse en ese tiempo al nuevo marco normativo.

La iniciativa obtuvo 40 votos a favor del bloque oficialista del Frente de Todos y el Frente Renovador de Misiones, y 30 en contra de Juntos por el Cambio, el Interbloque Parlamentario Federal y del Frente Juntos Somos Río Negro, un aliado habitual del oficialismo.

De acuerdo con la bancada de Juntos por el Cambio, que firmó un dictamen en minoría, la ley torna más rígida la regulación, y desalienta a los empleadores a promover puestos de trabajo de esta naturaleza.

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En ese sentido, la senadora Gladys González dijo: «Ustedes han interpretado que esta modalidad es una amenaza y no una oportunidad para vivir mejor”. Y agregó que “la Argentina pierde una oportunidad de retener talento y de generar empleo”.

Las claves de la ley de teletrabajo

  • Quienes realicen trabajo a distancia, cuentan con los mismos derechos y obligaciones que los empleados que lo hagan de manera presencial.
  • Se regula el derecho a la desconexión, que le permite al trabajador desconectarse fuera del horario laboral y en los períodos de licencia.
  • La decisión de realizar el trabajo de manera remota, debe ser voluntaria, y acreditada previamente por escrito.
  • El empleador debe proveer el equipamiento, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desarrollo de la actividad.
  • El trabajador podrá volver a realizar el trabajo presencial en cualquier momento y sin aviso previo (concepto de reversibilidad).
  • El empleador deberá compensar los «mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar», los cuales quedarán exentos del Impuesto a las Ganancias
  • Para aquellos empleados que tengan a su cargo el cuidado de personas de 13 años, con discapacidad o adultos mayores, tendrán derecho a que los horarios sean compatibles con las tareas de cuidado
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