El gobierno oficializó el Régimen de Personal en Situación de Disponibilidad para el empleo público

El nuevo sistema establece que las personas que se encuentren en esta situación deben estar disponibles durante su horario laboral por si se les solicita alguna tarea.
Por: #BorderPeriodismo

El Gobierno nacional aprobó el nuevo Régimen de Personal en Situación de Disponibilidad en el marco de los recortes en la planta de trabajadores estatales.

La medida va en línea con las modificaciones en el sistema de empleo público, contempladas en la Ley Bases y reglamentadas la semana pasada por el Ejecutivo.

Mediante la resolución 1/2024 del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, a cargo del ministro Federico Sturzenegger, se aprobó el régimen que detalla la situación del personal de planta permanente que fuere afectado por las medidas de reestructuración puestas en marcha, ya sea por “la supresión de organismos, dependencias o de las funciones asignadas a las mismas”. Según la resolución, el titular de los organismos en los que se “supriman dependencias, funciones o se encuentre afectado por una medida de reducción de la dotación (…) deberá aceptar inmediatamente las renuncias en trámite, a excepción de aquellas que correspondan al personal con procesos sumariales en curso”.

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La persona a cargo de cada jurisdicción deberá “identificar al personal que se encontrase a la fecha en que opere la medida de supresión o reducción bajo tutela sindical y al personal amparado por las leyes Nros. 22.431 y 23.109 y asignarle funciones, de lo que deberá dar cuenta a la autoridad de aplicación”; y también“intimar al personal que se encuentre en condiciones de jubilarse a la fecha en que opere la medida de supresión o reducción, y reubicar transitoriamente a los agentes afectados que alcancen dichas condiciones dentro de los 12 meses posteriores, en los términos del art. 3° del Decreto N° 1421/2002 y sus modificatorios”.

Además, se limitarán las licencias sin goce de haberes y se desestimará cualquier solicitud en curso respecto del personal alcanzado por la medida.

Luego de que se supriman todos los organismos y dependencias o que se haga efectiva la reducción del personal, la autoridad de quien dependa la jurisdicción afectada deberá dictar un nuevo acto administrativo en un plazo de cinco dias. En dicho acto debe precisarse la nueva nómina de personal que queda en situación de disponibilidad.

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De acuerdo a lo que dispone la nueva normativa: “El personal que a la fecha de supresión del organismo, dependencias, funciones o reducción de dotación se encontrare en uso de licencia por enfermedad, accidente, matrimonio, maternidad mantendrá la percepción de sus haberes durante la vigencia de la licencia, y entrará automáticamente en situación de disponibilidad a partir del día siguiente al vencimiento del plazo de la licencia, fecha a partir de la cual percibirá el haber de disponibilidad. Ambas situaciones le serán comunicadas en oportunidad de la notificación del acto”.

Además, se establece que cada trabajador deberá ser notificado fehacientemente, a través de un correo institucional, sobre que pasará a disponibilidad en un plazo que no podrá superar los cuatros días. Una vez notificados, con los datos proporcionados por la máxima autoridad de la jurisdicción se conformará el Registro de Personal en Situación de Disponibilidad.

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De acuerdo a la normativa, a partir de pasar a disponibilidad el trabajador quedará eximido de concurrir a prestar servicios, pero debe estar disponible en su horario laboral y asistir a toda convocatoria que la Autoridad de Aplicación curse al correo electrónico institucional. “En el caso de que el trabajador comience a trabajar en el sector privado quedará exento de estar disponible y asistir a las concurrencias solicitadas”, agrega.

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