Nuevo fallo contra la reforma laboral del DNU de Milei

El argumento de la nueva medida cautelar se basa en los graves riesgos de que el conflicto social derive en "hechos de violencia inusitada”.
Por: #BorderPeriodismo

La Cámara del Trabajo dictó hoy una nueva medida cautelar contra las reformas laborales del decreto de necesidad y urgencia de desregulación económica promovido por el gobierno de Javier Milei.

Lo hizo aceptando un planteo de la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA). Ahora, el mismo se suma al fallo de ayer de la Confederación General del Trabajo (CGT)

Según la resolución, firmada por los jueces Andrea García Vior y Alejandro Sudera los argumentos para dictar la nueva medida cautelar son “los graves riesgos de que el conflicto social -ya avizorado en los últimos días del año 2023- se acreciente y/o derive en hechos de violencia inusitada”.

Al igual que ya lo hizo la CGT, la CTA presentó un amparo contra el DNU para que se declare su inconstitucionalidad. A su vez, reclamó una medida cautelar que suspenda sus efectos mientras la causa se analiza. La cautelar fue rechazada en primera instancia y la CTA apeló. 

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En un primer momento la Cámara del Trabajo aceptó la competencia y rechazó enviar la causa al amparo colectivo que tramita en el fuero contencioso, el lugar donde el gobierno busca que pasen los expedientes contra el decreto. 

Los jueces entendieron que a diferencia del amparo colectivo en el caso que plantea la CTA “se encontrarían en juego derechos que hacen a la esencia de las relaciones dependientes, a la libertad y dignidad de las personas que trabajan, a los principios protectorios, de irrenunciabilidad, de igualdad de trato y no discriminación y de conservación del contrato que estructuran la especialidad y, a su vez, se pondría en jaque la principal vía de tutela a la que pueden recurrir los trabajadores ante su incapacidad negocial a nivel individual, que no es otra que la acción sindical”.

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Desde la perspectiva de los jueces es pertinente dictar una medida cautelar, ya que el caso cumple con los requisitos establecidos en la Ley de Medidas Cautelares, por ejemplo, que el cumplimiento o la ejecución del acto o de la norma ocasionarían perjuicios graves de imposible reparación ulterior.

El tribunal destacó el peligro en demorar una resolución sobre el tema e hicieron referencia al paro convocado para el 24 de enero y a que, debido a la feria judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación postergó analizar el planteo que el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, presentó contra el DNU.

“Hecha pública la convocatoria a un paro general por las centrales obreras para el día 24 de enero en curso y habiendo dispuesto la CSJN no dar tratamiento inmediato al proceso originario habilitado ante su sede con motivo del DNU cuestionado, el peligro en la demora es aún mayor teniendo en cuenta las importantes modificaciones introducidas por el DNU a las leyes 25.877, 23.551 y 14250 -reitero, de aplicación inmediata, conforme la cuestionada ley 26122- y los graves riesgos de que el conflicto social -ya avizorado en los últimos días del año 2023- se acreciente y/o derive en hechos de violencia inusitada”, manifestaron los magistrados.

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