El ex ministro de Salud de la Nación Ginés González García fue procesado por el escándalo del Vacunatorio VIP, en la que se investigan presuntas irregularidades en la vacunación contra el coronavirus durante el transcurso de la pandemia.
Así lo dictaminó la jueza María Eugenia Capuchetti, lo que confirma el procesamiento por peculado de bienes y abuso de autoridad. Además, se ordenó embargar sus bienes por la suma de 130 millones de pesos.
El escándalo estalló en febrero de 2021, luego de que el periodista Horacio Verbitsky revelara en un programa de radio que había ido a vacunarse contra el Covid-19 al Ministerio de Salud, luego de haber recibido un llamado de Ginés. Ante estos dichos del periodista, fue que Gines González fue desplazado de su cargo.
En la investigación se destacó que los beneficiados con esta vacunación «anticipada» y discrecional fueron Seza Manukian, Horacio Verbitsky, Lourdes Noya Aldrey, Matilde Noya Aldrey, Dolores Noya Aldrey, Félix Eulogio Guille, Florencio Aldrey, el ex canciller Jorge Taiana, Salomón Schachter y el diputado nacional Eduardo Valdés.
En ese sentido, la jueza sostuvo que ninguno de ellos, a esa fecha, cumplía con los criterios para vacunarse de acuerdo a lo establecido por los lineamientos técnicos de la Resolución MSAL N° 2883/2020, dictada el 30/12/2020 por González García, complementaria a la ley 27.491 de “Control de Enfermedades Prevenibles por Vacunación”, en la medida en que no integraban las categorías de “Personal de Salud” o eventualmente “Personal Estratégico”.
La jueza sostuvo: “Por esa razón, las dosis asignadas al Hospital Posadas no podían ser utilizadas para vacunar a la población en general, sino exclusivamente para el personal de salud y, en casos excepcionales, para el personal estratégico cuya labor era fundamental. Las vacunas distribuidas a centros nacionales, como el Hospital Posadas, estaban disponibles y asignadas para un número limitado de categorías que formaban parte del orden de priorización establecido, de acuerdo con las necesidades del Estado. Esto implica que las dosis asignadas a los centros nacionales estaban destinadas a vacunar al personal de salud y, en casos excepcionales, al personal estratégico, excluyendo cualquier otra categoría”.
A su vez, según afirmó la fiscalía, Taiana (Senador Nacional) y Valdés (Diputado Nacional) no podían enmarcarse bajo la categoría “Personal Estratégico”, de acuerdo a las previsiones de la resolución 2883/202062. El fallo afirmó: “Al momento de los hechos, el Poder Legislativo Nacional sesionaba de forma remota, por lo que no se advierten funciones de gestión esencial que podrían haber justificado la inoculación en los términos de la normativa”.
De esta forma, se lo procesó a Ginés por “haber ordenado y ejecutado respectivamente, la orden ilegítima para que el segundo de los nombrados se trasladase el 01/02/2021 al domicilio particular de Eduardo Alberto Duhalde junto con 5 dosis de la vacuna contra el Covid-19 asignadas al Ministerio de Salud, y vacunara indebidamente a este último; a su esposa, Hilda Beatriz González; a sus hijas, Juliana Duhalde y María Eva Duhalde; y a Carlos Alberto Mao”.
También se investigó una solicitud para «el retiro de cinco vacunas asignadas al Ministerio de Salud para su traslado al domicilio particular de Eduardo Alberto Duhalde con fecha 1 de febrero de 2021 para su inoculación, la de su familia y la de Carlos Alberto Mao, quienes no se encontraban habilitados para recibir su dosis».