Irregularidades y falta de control: ANMAT retira cosméticos y productos de limpieza

El organismo suspendió la comercialización de un sérum para pestañas y productos de limpieza sin registro ni inscripción sanitaria, según disposiciones publicadas en el Boletín Oficial.
Por: #BorderPeriodismo

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió una serie de disposiciones para prohibir la comercialización, distribución y uso de diversos productos cosméticos y domisanitarios que presentan irregularidades en su registro y ausencia de inscripción sanitaria obligatoria. Estas medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial a través de las disposiciones 4701, 4702 y 4703.

Entre los artículos afectados se encuentra un sérum potenciador de cejas y pestañas de la marca BIOLASH, cuya comercialización fue suspendida mediante la Disposición 4702/2025. La decisión se tomó tras recibir múltiples denuncias y consultas del área de Cosmetovigilancia sobre la venta de este producto en plataformas electrónicas sin contar con la inscripción sanitaria requerida por la autoridad regulatoria.

El análisis del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal determinó que dicho sérum se ofrecía a través de distintos sitios web, sin respaldo de registro ni información clara sobre el establecimiento fabricante. En consecuencia, la ANMAT no pudo garantizar la eficacia, seguridad ni la conformidad de la fórmula con la normativa vigente.

Para impedir la comercialización, se activó el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria, que inició gestiones para retirar las publicaciones y prohibir nuevas ofertas en portales de venta y redes sociales. La prohibición abarca todas las presentaciones, lotes, vencimientos y contenidos netos del producto hasta que se regularice su situación y obtenga la correspondiente inscripción sanitaria.

Asimismo, la ANMAT aplicó medidas similares a los productos de la empresa SEIQ GROUP S.A. La Disposición 4703/2025 señaló que el "Desinfectante SEIQ. Limpiador Líquido Desinfectante. Uso Profesional", etiquetado a nombre de FANC S.A., carece de autorización sanitaria. Los representantes de FANC S.A. negaron vínculo con el producto, aunque admitieron registros previos para la marca y justificaron la notificación enviada para evitar el uso indebido de datos en etiquetas.

La investigación detectó otros artículos comercializados en línea sin registro, incluyendo destapa cañerías, limpiadores para alfombras, insecticidas, desincrustantes, detergentes, suavizantes, desinfectantes, shampoo para autos y ceras para madera y pisos. La Autoridad Sanitaria de la provincia de Buenos Aires confirmó la ausencia de registro tanto de la empresa como de los productos mencionados en esa jurisdicción.

En consecuencia, la ANMAT inició un sumario sanitario contra SEIQ GROUP S.A. y su responsable técnico por presuntas infracciones a las normativas de registro, comercialización y promoción de productos de limpieza. También ordenó la intervención de las autoridades competentes para el seguimiento y eventual retiro de los productos hasta la regularización.

Por otra parte, la Disposición 4701/2025 incluyó medidas contra la firma Biovand Group SRL, domiciliada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tras detectar incumplimientos en sus productos médicos y en la documentación de la empresa. La investigación se inició en julio de 2023, luego de una denuncia de la Cámara de la Industria Traumatológica que alertó sobre la venta a precios muy bajos de productos importados por otra empresa, lo que generó dudas sobre su legitimidad.

Durante una inspección, la empresa informó estar en trámite de cambio de razón social y permiso para distribución interjurisdiccional, pero no presentó stock ni documentación completa. Posteriormente, no respondió al requerimiento de enviar pruebas que avalaran la procedencia de sus productos. Se constató que Biovand Group SRL facturó con un CUIT diferente al autorizado y que el expediente de cambio de razón social caducó en febrero de 2024.

Una segunda inspección en marzo fue denegada por la empresa, considerada una falta grave. Ante la imposibilidad de validar la habilitación y garantizar la seguridad de los productos, la ANMAT dispuso la prohibición de su uso y comercialización para proteger la salud pública.

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