¿Cuánto cobrarán en octubre los presidentes de mesa?

Por: #BorderPeriodismo

El Gobierno Nacional anunció un aumento en los viáticos otorgados a las autoridades de mesa que desempeñarán sus funciones en las elecciones generales programadas para el 22 de octubre y en un eventual balotaje el 19 de noviembre de 2023. La medida responde a la necesidad de garantizar una máxima asistencia de autoridades de mesa, especialmente después de las demoras experimentadas durante las PASO.

La Resolución 753/23, publicada en el Boletín Oficial, establece una asignación adicional de $4,000 por elección para aquellos ciudadanos que cumplan efectivamente la función de autoridades de mesa. Como resultado, el monto total a recibir en concepto de viáticos ascenderá a $11,000 por elección.

 

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Esta asignación adicional se suma a los valores ya definidos por la Resolución 88/2023, que estableció $3,000 por elección para actividades de capacitación y una suma adicional de $10,000 en caso de cumplir la función en las tres instancias electorales. Si no se llegara a celebrar una segunda vuelta, esta última suma adicional será de $7,000.

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La Dirección Nacional Electoral (DINE) está facultada para calcular y liquidar estas sumas, que se abonarán posteriormente a cada elección. Es importante destacar que aquellos con derecho a recibir viáticos deben presentarse con su Documento Nacional de Identidad (DNI) en el lugar y de la manera que se indique oportunamente.

Finalmente, es crucial señalar que el derecho de las autoridades de mesa y delegados a percibir estos viáticos prescribirá después de 12 meses de la elección nacional o una eventual segunda vuelta.

 

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¿Quiénes pueden ser autoridad de mesa?

 

Para ser designado como autoridad de mesa, se deben cumplir las siguientes condiciones, conforme al artículo 3 del Código Nacional Electoral (CNE):

Ser elector hábil.

Tener entre 18 y 70 años de edad.

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Residir en la sección electoral donde se llevará a cabo la función.

Ser capaz de leer y escribir.

No estar afiliado a ningún partido político.

Estas condiciones aseguran la integridad y la imparcialidad en el proceso electoral, garantizando que las autoridades de mesa sean representantes adecuados de la ciudadanía en el ejercicio de sus funciones.

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