El gobierno apeló el fallo de Lavié Pico

El fallo habilitaba feria judicial para tramitar los amparos que reclaman la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia.
Por: #BorderPeriodismo

En las últimas horas el gobierno apeló el fallo del juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, que el jueves pasado había habilitado la feria judicial para tramitar los amparos que reclaman la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia de desregulación económica. 

Según plantearon los abogados del Estado en la presentación, un recurso de 57 carillas, el magistrado se “extralimitó en sus facultades” e “incurrió con su accionar en un exceso de jurisdicción”.

En el recurso, firmado por dos abogados de la Procuración del Tesoro, puede leerse: “El juez de feria en lo Contencioso Administrativo ha resuelto, por fuera de los límites de su jurisdicción, en contraposición a las normas procesales y al procedimiento reglado en la Acordada 12/2016, generando un estado de inseguridad jurídica. Así afectó el derecho de defensa de esta parte y el debido proceso”.

  La Corte rechazó dos planteos contra el DNU de Milei: los motivos

Esto indica que el juez de feria no puede contradecir la postura que hubiera adoptado al respecto el propio “juez natural”. En este caso, dicho lugar lo tendría Esteban Furnari, del mismo fuero Contencioso.

Lavié Pico, en su fallo, había desarmado el amparo colectivo que impulsó el Observatorio del Derecho a la Ciudad y en el que se sumaban las distintas demandas contra el decreto, lo cual hacía que cada decreto debiera tramitarse por separado. 

“Las partes y los jueces, deben sujetarse al procedimiento procesal y ello marca un orden y brinda certidumbre a las posiciones adoptadas”, dice el recurso, y agrega: “Al trastocar todas las actuaciones que se desenvolvieron en razón del proceso colectivo inscripto, la resolución aquí atacada por exceso jurisdiccional, ha devenido a foja 0, convirtiéndose la resolución atacada en un improcedente ‘virtual rechazo de inhibitoria’, cuando su colega, Juez a cargo de Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 2 ya había sentenciado admitir la inhibitoria”.

  DNU: ¿Qué se sabe de las reformas que Javier Milei impulsará esta noche?

También, el recurso sostiene que el fallo del juez de primera instancia “produce efectos gravísimos para la defensa del Estado Nacional, en tanto produce la multiplicación de litigios con el riesgo de tener sentencias contradictorias; precisamente lo que la CSJN procuró evitar”. 

El recurso presentado por el gobierno reitera un pedido de inhibitoria y la incompetencia del fuero laboral, diciendo: “No puede convalidarse la manipulación de las normas procesales para elegir el fuero más favorable, en menosprecio de la garantía del Juez natural, pues ello, constituye un abuso del derecho a peticionar y de la buena fe, que no puede ser aceptado a la luz de las normas que rigen el debido proceso”.

Suscribite a nuestro newsletter
* Recibirás emails de cada publicación semanal
Notas relacionadas
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Con tu suscripción al Newsletter de Border Periodismo recibirás emails de cada publicación semanal.
* Recibirás emails de cada publicación semanal